Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Alicante
Dirección: Calle ABOGADOS DE ATOCHA 21
Localidad: Elche/Elx
Código Postal: 03203
Provincia: Alicante/Alacant
Teléfono: 966917375
Correo electrónico: alme03_ali@gva.es
Civil
Número: 151/2021
NIG: 0306566120210000066
Sentencia
Fecha: 10/10/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: Veinte días
ASUNCION GARCIA RAMON - NIF/NIE: ***7528**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por la parte actora BRUGUES, S.A., mediante su representación procesal en autos, contra la parte demandada Dª. Asunción García Ramón, debo:Condenar y Condeno a la parte demandada a pagar a la parte actora la cantidad de cuatro mil seiscientos veintiseis euros con cincuenta y cuatro céntimos de euro (4.626,54.-€), más los intereses y costas devengados en procedimientos antecedentes dirigidos contra la mercantil deudora UE MAXIMO COMERCIO, S.L., y las costas de este proceso.
MODO DE IMPUGNACIÓN: mediante recurso de APELACIÓN ante la Audiencia Provincial de Alicante (artículo 455 LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de VEINTE DÍAS contados desde el día siguiente de la notificación, en el que se deberá exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna (artículo 458 LEC).
De conformidad con lo dispuesto en el punto 3º de la Disposición Adicional 15ª de la LOPJ, introducida por la LO 1/2009 de 3 de noviembre, será necesario acreditar haber efectuado la consignación del deposito de 50 euros en la Entidad de Crédito o en la Cuenta de Depósitos y Consignación del Juzgado.
Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo
Elche/Elx, 11 de octubre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JORGE CUELLAR OTON
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