Juzgado de Primera Instancia Nº 6 de Valladolid
Dirección: Calle NICOLAS SALMERON 5
Localidad: Valladolid
Código Postal: 47004
Provincia: Valladolid
Teléfono: 983413378
Civil
Número: 463/2023
Decreto
Fecha: 06/09/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
D E C R E T OSr./a Letrado de la Administración de Justicia:D./Dña. CARMEN MORENO MARTINEZ.En VALLADOLID, a seis de septiembre de dos mil veintitrésANTECEDENTES DE HECHOPRIMERO.- El/la Procurador/a SANTIAGO DONIS RAMON, en nombre y representación de D./Dña. LUIS LOPEZ MARTINEZ, ha presentado una solicitud sobre declaración de ausencia respecto de JUAN RAMON LOPEZ MARTINEZ con DNI 12387760Y. SEGUNDO.- Requerido el solicitante para que subsanara el defecto de otorgar poder apud acta, ha procedido a ello dentro del plazo que se le concedió al efecto de conformidad con el artículo 16.4 de la Ley 15/2015 de 02 de julio de la Jurisdicción Voluntaria.FUNDAMENTOS DE DERECHOPRIMERO.- Examinada la anterior solicitud, se estima, a la vista de los datos y documentos aportados, que la parte solicitante reúne los requisitos de capacidad y representación procesales necesarios para comparecer en juicio conforme a lo determinado en los artículos 6 y 7 de la LEC.Asimismo, tiene legitimación, y, en su caso, la postulación, suficiente para promover el expediente conforme a los arts. 68 y 74 de la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción voluntaria (LJV).SEGUNDO.- Vistas las pretensiones formuladas en la solicitud, este órgano judicial tiene jurisdicción y competencia objetiva para conocerlas, según los arts. 36 y 45 de la LEC.Asimismo es competente territorialmente para conocer de la demanda por aplicación del art. 68.1 LJV.TERCERO.- La solicitud debe sustanciarse por los trámites de los art.67 y siguientes de la Ley de Jurisdicción Voluntaria y celebrar la comparecencia prevista en el mismo, que se sustanciará por los trámites previstos para el juicio verbal en la LEC con las especialidades indicadas en el art. 18 de la citada LJV.PARTE DISPOSITIVAAcuerdo:1.- Admitir la solicitud presentad por el/la Procurador/a SANTIAGO DONIS RAMON en nombre y representación de D./Dª LUIS LOPEZ MARTINEZ, sobre declaración de fallecimiento respecto de D.JUAN RAMON LOPEZ MARTINEZ .Tener al/a referido/a Procurador/a como comparecido/a y parte en la representación que acredita.2.- Acuerdo la celebración de la oportuna comparecencia y señalo, al efecto, el día 14/11/2023 a las 10:00 horas en la Secretaría de este Órgano judicial.A la comparecencia, se citará a la parte solicitante, al Ministerio Fiscal y a D. Luis López Martínez a través de su representación procesal y a Dª María Eulalia López Martinez en los respectivos domicilios que constan en las actuaciones; con la antelación y prevenciones previstas en el art. 17.3 y 18.2 LJV, para lo que se expedirán las cédulas de citación y despachos que fueren necesarios.En las cédulas, se advertirá:1ª) A la parte solicitante:- si no asiste a la comparecencia, se le tendrá por desistido de la demanda y se acordará el archivo de la solicitud (art. 18.2.1ª LJV).2ª) A las demás personas citadas: - si alguna no asiste, la comparecencia se celebrará y continuará el expediente sin más citaciones ni notificaciones que las que la ley disponga (art. 18.2.1ª LJV).- si alguna va a formular oposición, debe hacerlo en los 5 días siguientes a su citación pero ello no hará que el expediente se torne contencioso ni impedirá que continúe su tramitación hasta que sea resuelto, salvo que la ley expresamente lo prevea y así se le indique en la cédula de citación (art.17 último párrafo LJV).3ª) A todas las personas citadas:- deben asistir a la comparecencia con los medios de prueba de que intenten valerse (art. 17.3 LJV).Advierto a las partes que si no están representadas por procurador, las comunicaciones efectuadas en cualquiera de los lugares que hayan designado como domicilios surtirán plenos efectos en cuanto se acredite la correcta remisión de lo que haya de comunicarse aunque no conste su recepción por la persona destinataria; salvo que la comunicación tenga por objeto la personación en juicio o la realización o intervención personal de las partes en determinadas actuaciones procesales (art. 155.4 LEC).Y que deben comunicar a esta Oficina judicial cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso. Así como los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección de correo electrónico o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con la Oficina judicial (155.5 LEC).A tal efecto, líbrese para su práctica los despachos oportunos.3.- Publicar dos veces la presente resolución mediante edictos, con un intervalo mínimo de ocho días, en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y en el tablón del Ayuntamiento de Valladolid. En su caso, en el edicto se hará constar que puede intervenir en la comparecencia cualquier persona que pueda tener interés en la declaración de fallecimiento.MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días, desde el día siguiente al de su notificación, ante el Letrado de la Administración de Justicia que la dicta. Debiendo expresar en el mismo la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente (arts. 451 y 452 LEC).Así lo acuerdo y firmo. Doy fe. EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Valladolid, 11 de octubre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA DEL CARMEN MORENO MARTINEZ
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid