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Documento BOE-J-2023-428011

HUÉRCAL-OVERA. Edicto de 10 de octubre de 2023 en procedimiento civil número 812/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 247, de 16 de octubre de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - ALMERÍA
Referencia:
BOE-J-2023-428011

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 3 de Huercal-Overa

Dirección: Carretera NACIONAL 340 HUÉRCAL-OVERA 204

Localidad: Huércal-Overa

Código Postal: 04600

Provincia: Almería

Teléfono: 950109977

Correo electrónico: AtPublico.JMixto.3.Huercal.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 812/2022

NIG: 0405342120220002193

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 05/10/2023

Objeto de la publicación edictal:

Citación

DESTINATARIOS

VICTOR HUGO CUTRO GUEX - NIF/NIE: ***6524**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

DILIGENCIA DE ORDENACION DEL LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA SR/A.D/Dª JAVIER PASTOR ORTIZ

En HUÉRCAL-OVERA, a cinco de octubre de dos mil veintitrés.

Presentado el anterior escrito de fecha 07/07/23 por la procuradora Dª. Mª Jose Andreu Martínez, únase a los autos; procédase a citar a la parte demandada a través de edictos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 496.1 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC).

Visto el estado de las actuaciones, se acuerda señalar la celebración de la vista correspondiente al presente procedimiento el próximo día 29 DE NOVIEMBRE DE 2023 A LAS 11:00 HORAS, librándose las cédulas de citación correspondientes a cada una de las partes.

Cítese a las partes, haciéndolas saber que deben comparecer al acto de la vista por sí mismas, apercibiéndolas que su incomparecencia sin causa justificada podrá determinar que se consideren admitidos los hechos alegados por la parte que comparezca para fundamentar sus peticiones sobre medidas definitivas de carácter patrimonial. También será obligatoria la presencia de los abogados y procuradores respectivos (artículo 770 regla 3ª).

Adviértase también a las partes que deben comparecer en la vista con las pruebas de que intenten valerse. A tal efecto, indíquese que dentro de los TRES DÍAS siguientes a la recepción de la citación, deben indicar al Juzgado qué personas han de ser citadas por el tribunal para que asistan a la vista, bien como testigos o peritos o como conocedores de los hechos sobre los que tendría que declarar la parte, facilitando los datos y circunstancias precisas para llevar a efecto la citación (artículo 440.1 LEC).

Si pretende solicitar la designación de abogado y procurador de oficio deberá efectuarlo dentro de los TRES DÍAS siguientes al de la notificación de la demanda, o de la cédula de emplazamiento o citación. Si la solicitud se realizara en un momento posterior, la falta de designación de abogado y procurador por los colegios profesionales no suspenderá la celebración del juicio, salvo en los supuestos contemplados en el párrafo segundo del artículo 16 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita.

Comuníquese a las partes la posibilidad de solicitar de mutuo acuerdo la suspensión del procedimiento para acudir a la Asociación para la mediación familiar dependiente de la Delegación Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía en esta localidad.

La vista/audiencia previa señalada se celebrará sin la presencia del/la Sr/a Letrado/a de la Administración de Justicia, pudiendo las partes solicitar al menos dos días antes de la celebración de la vista/audiencia la presencia del/a mismo/a en la sala, de conformidad con lo establecido en el artículo 147 de la L.E.C.

MODO DE IMPUGNACIÓN: mediante recurso de REPOSICIÓN ante el/la Letrado/a de la Administración de Justicia que la dicta. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de CINCO DÍAS hábiles contados desde el siguiente de la notificación, expresándose la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la LEC)

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

Huércal-Overa, 10 de octubre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JAVIER PASTOR ORTIZ

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