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Documento BOE-J-2023-425177

PICASSENT. Edicto de 6 de octubre de 2023 en procedimiento civil número 763/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 245, de 13 de octubre de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - VALENCIA/VALÈNCIA
Referencia:
BOE-J-2023-425177

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Picassent

Dirección: Calle BAIXADA DELS JUTJATS 1

Localidad: Picassent

Código Postal: 46220

Provincia: Valencia/València

Teléfono: 963425174

Correo electrónico: pimi02_val@gva.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 763/2022

NIG: 4619441120220001817

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 01/09/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

Emplazamiento. Plazo: Diez días

DESTINATARIOS

MOHAMED DOUMI - NIF/NIE: ****0555*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

OBJETO DEL EMPLAZAMIENTOComparecer en el juicio expresado para contestar por escrito a la demanda, en la que figura como parte demandada. Se acompaña copia de la demanda, de los documentos acompañados y del decreto de admisión de aquélla.

TRIBUNAL ANTE EL QUE DEBE COMPARECEREn la sede de este Juzgado.

PLAZO PARA COMPARECER10 DÍAS HÁBILEScomputados desde el siguiente al de este emplazamiento.

PREVENCIONES LEGALES

1.- Si no comparece, se le declarará en situación de rebeldía procesal y notificada la misma, no se llevará a cabo ninguna otra, excepto la de la resolución que ponga fin al proceso (artículos 496 y 497 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil -LECn-).

2.-Comunicar a la/s parte/s demandada/s que habida cuenta que la suma reclamada no supera los 2000 euros, no es necesaria la asistencia de letrado y procurador para la contestación a la demanda. A tal efecto, y conforme a lo dispuesto en el párrafo segundo del art. 438.1 de la LEC, comunicar así mismo a la/s parte/s demanda/s que están a su disposición en el juzgado unos impresos normalizados que puede/n emplear para la contestación a la demanda. Todo ello sin perjuicio de que si a su derecho conviene intervenga con los referidos profesionales .

3.- Debe comunicar a este tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5 párrafo primero de la LECn).

En PICASSENT (VALENCIA) , a dos de septiembre de dos mil veintidós

EL LETRADO A. JUSTICIA

Picassent, 6 de octubre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, VICTOR JESUS CABRERA GARCIA

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