Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Coín
Dirección: Calle MAGISTRADO MIGUEL GARCIA LOPEZ S/N
Localidad: Coín
Código Postal: 29100
Provincia: Málaga
Teléfono: 951505213
Correo electrónico: Jmixto.2.coin.ius@juntadeandalucia.es
Civil
Número: 283/2023
Sentencia
Fecha: 08/10/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: 20
MICHAEL JAMES KENYON - NIF/NIE: ****6175*
MYRNA SUSAN ELLY - NIF/NIE: ****6187*
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
FALLO
QUE DEBO ESTIMAR Y ESTIMO INTEGRAMENTE la demanda presentada por el Procurador de los Tribunales D. CARLOS BUXÓ NARVÁEZ, en nombre y representación de D. ALFONSO EXPÓSITO GARCÍA, contra D. MICHAEL JAMES KENYON y Dª. MYRNA SUSAN ELLY, en situación de rebeldía procesal; y, en consecuencia,
DECLARAR la existencia de vicios ocultos la vivienda adquirida mediante el contrato de compraventa, suscrito entre las partes, de 6 de noviembre de 2020, y elevada a público mediante Escritura de Compraventa de 30 de noviembre de 2020, otorgada ante el Ilustre Notario Dª. Cristina Denis Real, con nº 135 de su protocolo.
CONDENAR a los demandados al saneamiento de los mismos, indemnizando al actor en la cantidad de CINCO MIL NOVECIENTOS OCHENTA EUROS CON TRECE CÉNTIMOS DE EURO (5.980,13 euros), incrementados en el interés legal del dinero desde la fecha de interposición de la demanda y hasta la fecha de la presente resolución, a partir de cuyo momento devengará el interés legal del dinero hasta su íntegro pago.
CONDENAR en COSTAS a la parte demandada.
Notifíquese. Contra esta resolución cabe recurso de APELACIÓN ante la Audiencia Provincial de MALAGA (artículo 455 L.E.C.). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de VEINTE DÍAS hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 458 L.E.C.).
Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banco Santander nº , indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código ‘02’, de conformidad en lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la L.O 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.
Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada fue la anterior Sentencia por el/la Sr./Sra. JUEZ que la dictó, estando el/la mismo/a celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el/la Letrado/a de la Administración de Justicia doy fe, en Coín, a ocho de octubre de dos mil veintitrés.
Coín, 9 de octubre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA JOSE PEREZ-VALENZUELA RAMOS
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