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Documento BOE-J-2023-424850

MOTRIL. Edicto de 9 de octubre de 2023 en procedimiento civil número 37/2021.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 245, de 13 de octubre de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - GRANADA
Referencia:
BOE-J-2023-424850

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 3 de Motril

Dirección: Calle FIELATO DE LA POSTA S/N

Localidad: Motril

Código Postal: 18600

Provincia: Granada

Teléfono: 662979325

Correo electrónico: jmixto.3.motril.jus@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 37/2021

NIG: 1814042120210000111

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 21/06/2021

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 10 DIAS

DESTINATARIOS

FRANCISCO RAFAEL PAZ RUIZ - NIF/NIE: ***2282**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

PARTE DISPOSITIVA

SE ADMITE A TRÁMITE LA DEMANDA presentada por el Procurador D/Doña MARIA DEL PILAR REJON SANCHEZ en nombre y representación de ENCARNACION RAMIREZ TORRES frente a FRANCISCO RAFAEL PAZ RUIZ, sobre reclamación de cantidad como consecuencia de rentas debidas y no abonadas que se sustanciará por las reglas del juicio verbal.

EMPLÁCESE A LA PARTE DEMANDADA con traslado de la demanda y documentación acompañada para que la conteste y se pronuncie sobre la pertinencia de celebrar vista en el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, computado desde el siguiente al emplazamiento con las siguientes prevenciones legales:

- Apercibir a la parte demandada que si no comparece dentro del plazo indicado, se le declarará en situación de rebeldía procesal y no se le notificarán más resoluciones que la que declare la rebeldía y la que ponga fin al proceso (artículos 496.1 y 497.1 LEC).

- Advertir a la parte demandada que la comparecencia en juicio debe realizarse por medio de abogado y procurador siempre que la cantidad reclamada supere los 2.000 euros (art. 23 y 31 de la LEC). Si pretende valerse de estos profesionales, deberá comunicarlo a esta Oficina Judicial en el plazo de TRES DÍAS desde que se le notifique la demanda.

- Advertir a la parte demandada que si carece de recursos económicos, puede solicitar el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita en el mismo plazo de tres días

- Que están a su disposición en la Oficina Judicial impresos normalizados que puede emplear para contestar a la demanda.

Se informa a las partes de que pueden recurrir a una negociación para intentar solucionar el conflicto, incluido el recurso a una mediación, pudiendo interesar la suspensión del procedimiento a tal fin.

MODO DE IMPUGNACIÓN: mediante recurso de REPOSICIÓNante el/la Letrado/a de la Administración de Justicia que la dicta. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de CINCO DÍAShábiles contados desde el siguiente de la notificación, expresándose la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la LEC).

La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 451.3 LEC)

Lo decretoy firmo.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Motril, 9 de octubre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA JESUS PASCUAL GONZÁLEZ

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