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Documento BOE-J-2023-42248

MÁLAGA. Edicto de 30 de enero de 2023 en procedimiento civil número 954/2020.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 29, de 3 de febrero de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MÁLAGA
Referencia:
BOE-J-2023-42248

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Málaga

Dirección: Calle FISCAL LUIS PORTERO GARCÍA S/N

Localidad: Málaga

Código Postal: 29010

Provincia: Málaga

Teléfono: 951938529

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 954/2020

NIG: 2906742120200040145

RESOLUCIÓN PROCESAL

Sentencia

Fecha: 30/09/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

RAÚL FERNÁNDEZ SÁNCHEZ - NIF/NIE: ***2870**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

SENTENCIA

Málaga, 30 de septiembre de 2022.

Vistos por mí, Rocío Marina Coll, Magistrada-Juez titular del Juzgado de lo mercantil número dos de los de esta Ciudad y su partido judicial, los autos de juicio VERBAL sobre responsabilidad de administradores societarios que, bajo número 954/20, se han seguido ante este Juzgado a instancia de MAKRO AUTOSERVICIO MAYORISTA SA, representada por el Procurador Sr. Alonso Lopera, contra D. Raúl Fernández Sánchez (en rebeldía), y atendidos los siguientes

FALLO

Estimo sustancialmente la demanda interpuesta por MAKRO AUTOSERVICIO MAYORISTA SA, representada por el Procurador Sr. Alonso Lopera, contra D. Raúl Fernández Sánchez.

CONDENO a D. Raúl Fernández Sánchez a abonar a la actora la cantidad principal de 2.518,43 euros, así como los intereses legales y costas derivados de la condena de la sociedad que administra ( LICARAFER S.L.) en el Juicio Verbal 585/19 tramitado por el juzgado de primera instancia nº4 de Vélez Málaga, una vez que sean liquidados y tasados. Sin embargo, no ha lugar a imponer los de un eventual proceso de ejecución de dicho proceso.

Las costas de este proceso se imponen a D. Raúl Fernández Sánchez .

Notifíquese a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso por la cuantía.

Así, por esta mi Sentencia, de la que se librará testimonio para incorporarlo a las actuaciones, llevándose el original al Libro de Sentencias, la pronuncio, mando y firmo juzgando definitivamente en primera instancia.

Y como consecuencia del ignorado paradero de RAUL FERNANDEZ SANCHEZ, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Málaga, 30 de enero de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, AMELIA MARIA PUERTAS FARIÑA

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