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Documento BOE-J-2023-422310

SANTA MARÍA LA REAL DE NIEVA. Edicto de 5 de octubre de 2023 en procedimiento civil número 122/2021.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 243, de 11 de octubre de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - SEGOVIA
Referencia:
BOE-J-2023-422310

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 1 de Santa Maria la Real de Nieva

Dirección: Calle PEÑUELAS s/n

Localidad: Santa María la Real de Nieva

Código Postal: 40440

Provincia: Segovia

Teléfono: 921594008

Correo electrónico: victor.illan@justicia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 122/2021

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 09/05/2022

Objeto de la publicación edictal:

Requerimiento. Plazo: 10 días

DESTINATARIOS

JOSE ALVARO MOLINA CAMPOS - NIF/NIE: ***8943**

JOSEFA MARTINEZ MOLINA - NIF/NIE: ***0399**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo:1.- Ordenar que se ejecute el título contrato de préstamo hipotecario.2.- Despachar ejecución a favor de la parte ejecutante UNIONDE CREDITOS INMOBILIARIOS S.A. (UCI), frente a JOSE ALAVAROMOLINA CAMPOS, JOSEFA MARTINEZ MOLINA , partes ejecutadas, por importe de 127188.19 euros en concepto de principal eintereses ordinarios y moratorios vencidos, más otros 38156.45 euros que se fijan provisionalmente de intereses y costasprovisionales que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.3.- Requerir al ejecutado de pago a fin que efectúe el pago de las cantidades reclamadas/fijadas en concepto de principal 127188.19 euros y 38156,45 euros de intereses y costas provisionales. En dicho requerimiento, de acuerdo con lodispuesto en el art. 686.2 de la LEC, habrán de incluirse las indicaciones contenidas en el artículo 441.5 de dicha ley,produciendo iguales efectos.El presente auto, junto con el decreto que dictará el/la Letrado de la Administración de Justicia, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a laparte ejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de laL.E.C., sin citación ni emplazamiento, para que en cualquier momento pueda personarse en la ejecución.Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de quela parte ejecutada pueda oponerse al despacho de ejecución en los términos previstos en el artículo 695 de la L.E.C. y en elplazo de DIEZ DÍAS a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.

Así lo acuerda el Magistrado-Juez.

Doy fe.

EL/LA JUEZ EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Santa María la Real de Nieva, 5 de octubre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, INMACULADA BLAZQUEZ MENDOZA

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