Juzgado de lo Social Nº 5 de Sevilla
Dirección: Avenida DE LA BUHAIRA 26
Localidad: Sevilla
Código Postal: 41018
Provincia: Sevilla
Teléfono: 955519082
Correo electrónico: AtPublico.JSocial.5.Sevilla.JUS@juntadeandalucia.es
Social
Número: 617/2020
NIG: 4109144420200006730
Sentencia
Fecha: 28/09/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
ZINO MANAGEMENT SERVICES SL. - NIF/NIE: ****7955*
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
F A L L O
Que ESTIMANDO la caducidad de la demanda en reclamación por DESPIDO presentada por PEDRO JESUS AMUEDO NAVARRO frente a las demandadas , ZINO MANAGEMENT SERVICES S.L., y RENTA DE MAQUINARIA S.L.U. debo absolver y absuelvo a las demandadas de los pedimentos de la demanda.
Que ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda formulada en reclamación de CANTIDAD por PEDRO JESUS AMUEDO NAVARRO frente a las demandadas , ZINO MANAGEMENT SERVICES S.L., y RENTA DE MAQUINARIA S.L.U. debo condenar y condeno a la demandada ZINO MANAGEMENT SERVICES S.L.,a que abone al actor la suma de 7.696,55 euros más el 10% en concepto de interés por mora respecto de 5.233,04 euros y el pago del interés legal del dinero desde la fecha en que se efectuó la primera reclamación hasta la notificación de la sentencia a la parte, respecto de las cantidades extrasalariales, 2.463,51 euros y el interés procesal conforme al artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil desde la notificación de la sentencia a la parte condenada hasta el total pago. Cantidad de la qe es responsable solidaria la demandada RENTA DE MAQUINARIA S.L.U. hasta 5.233,04 euros, más el 10% en concepto de interés por mora y el interés procesal conforme al artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil desde la notificación de la sentencia a la parte condenada hasta el total pago.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación ante la Sala de Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la sentencia, mediante escrito, comparecencia o por simple manifestación ante este Juzgado de lo Social. En el supuesto que el recurrente sea el demandado deberá ingresar conforme establecen los art. 229 y 230 LRJS la cantidad a que se le condena, en la cuenta-expediente abierta en la entidad Santander cuenta nº 4024 0000 65 (más número de autos, en cuatro cifras, añadiendo a la izquierda los ceros necesarios más número de año de los autos indicándose únicamente las dos últimas cifras; en total 16 dígitos), como asimismo, deberá depositar la suma de 300 € en la cuenta anteriormente reseñada y deberá acreditar, al anunciar el recurso, la consignación del importe de la condena en la misma entidad bancaria y Cuenta de Depósitos, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval solidario de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento emitido por entidad de crédito; todo ello con apercibimiento de que, caso de no efectuarlos, se declarará la inadmisión del recurso.
Así por esta mi sentencia definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Sevilla, 5 de octubre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA YOLANDA VALDIVIELSO GARCIA
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