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Documento BOE-J-2023-409918

VALÈNCIA. Edicto de 2 de octubre de 2023 en procedimiento concursal número 669/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 238, de 5 de octubre de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - VALENCIA/VALÈNCIA
Referencia:
BOE-J-2023-409918

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Valencia

Dirección: Plaza PLAZA DEL TURNO DE OFICIO 1

Localidad: València

Código Postal: 46013

Provincia: Valencia/València

Teléfono: 961929039

Correo electrónico: vamerca03_val@gva.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 669/2023

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 20/09/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Concurso de acreedores de Miguel Ramos Rubios

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Parte dispositiva del auto de declaración de concurso:

Que debo acordar y acuerdo DECLARAR EN ESTADO DE CONCURSO VOLUNTARIO a D. MIGUEL RAMOS RUBIO, con número de DNI 41531029K, y con domicilio sito en Ronda 9 D’Octubre, Número 2, Piso 00, Puerta B, Quartell,Valencia, CP 46510.Procédase a la publicación del auto declarando el concurso de acreedores, poniendo de manifiesto que el pasivo concursal asciende a la cantidad aproximada de 41.201,75 euros,ordenando la remisión telemática al BOE para su publicación en el suplemento del tablón edicto judicial único y la publicación en el registro público concursal, con llamamiento al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el 5% del pasivo a fin de que, en el plazo de 15 días a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de administrador concursal a los efectos del artículo 37 ter TRLC.Expirado el plazo de alegaciones previsto en el art. 37 ter TRLC sin haberse recibido ninguna, la solicitante podrá interesar la concesión de exoneración del pasivo insatisfecho.Fórmese la Sección 1ª del concurso, que se encabezará con la solicitud del deudor.Notifíquese esta resolución al deudor y, en su caso, a la representación legal de los trabajadores, AEAT, TGSS y Fogasa.Contra la presente resolución no cabe recurso.(art. 12 TRLC.).Así lo acuerdo,mando y firmo. Doy fe.

Enlace al Registro Público Concursal: https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/

València, 2 de octubre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOSE VICTOR SANZ GORDON

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