Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Castellón de la Plana
Dirección: Bulevar BLASCO IBAÑEZ 10
Localidad: Castelló de la Plana
Código Postal: 12003
Provincia: Castellón/Castelló
Teléfono: 964621448
Correo electrónico: casmerca01_cas@gva.es
Concursal
Número: 298/2020
NIG: 1204066120200000337
Auto
Fecha: 25/01/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
A todos los interesados y acreedores de "GUIMEZ SGRCV SL", con C.I.F. número B12876173
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
PRIMERO: Que por Auto de fecha 25/01/2023, dictado en el procedimiento de CONCURSO ABREVIADO [CNA], nº000298/2020, N.I.G. nº 12040-66-1-2020-0000337, seguido en este Juzgado, se ha decretado la conclusión del CONCURSO VOLUNTARIO y ABREVIADO que se ha seguido frente al deudor "GUIMEZ SGRCV SL", domiciliado en Plaza SANTA CLARA,12 5 Castellón de la Plana/Castelló de la Plana (CASTELLÓN) y C.I.F. número B12876173.SEGUNDO: Mediante la resolución antedicha se ha acordado además de la conclusión del concurso las siguientes medidas insertas en su parte dispositiva que a continuación se inserta:
PARTE DISPOSITIVA:"...1. Se declara la CONCLUSIÓN del presente concurso de GUIMEZ SGRCV así como el archivo de las actuaciones, con todos los efectos que son su legal y necesaria consecuencia.2. Se declara aprobadas las cuentas rendidas por la administración concursal.3. En particular, se acuerda la EXTINCIÓN de la entidad GUIMEZ SGRCV disponiendo la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil y demás registros públicos que corresponda. El presente Auto se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 35.1 TRLC y en el artículo 36 TRLC (artículo 482 TRLC). A efectos de la cancelación de inscripción, expídanse oportunos mandamientos conteniendo testimonio de la resolución firme (artículo 485 de la LC).Este Auto es firme y contra el mismo no cabe recurso alguno (artículos 208.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y 481 TRLC.
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Castelló de la Plana, 30 de enero de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA DE LAS MERCEDES CHECA MOYA
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid