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Documento BOE-J-2023-40017

LLÍRIA. Edicto de 27 de enero de 2023 en procedimiento civil número 302/2017.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 27, de 1 de febrero de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - VALENCIA/VALÈNCIA
Referencia:
BOE-J-2023-40017

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Llíria

Dirección: Calle JOSE PEREZ MARTINEZ S/N

Localidad: Llíria

Código Postal: 46160

Provincia: Valencia/València

Teléfono: 962782862

Correo electrónico: limi02_val@gva.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 302/2017

NIG: 4614741220170001478

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 19/12/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

AFRIDIS ESPAÑA SL - Nº ****4794*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

D E C R E T O

Sr./a Secretario/a Judicial: MARCO ANTONIO BAUTISTA TORRES

En LLIRIA (VALENCIA), a diecinueve de diciembre de dos mil veintidós.

ANTECEDENTES DE HECHO

Único.- En las presentes actuaciones se ha practicado tasación de costas con fecha 10/07/20, de la que se ha dado traslado a las partes, sin que se haya formulado impugnación alguna.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Único.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 244.3 de la L.E.C., transcurrido el plazo establecido en el apartado 1 del mismo precepto, sin haber sido impugnada la tasación de costas practicada, el secretario judicial la aprobará mediante decreto.

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO:

Aprobar la tasación de costas practicada en este proceso en fecha 10/07/20, por importe de 1793,24 euros.

MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de revisión en el plazo de cinco días ante el Secretario que lo dicta.

INFORMACION SOBRE EL DEPÓSITO PARA RECURRIRDe conformidad con la D.A. 15ª de la LOPJ, para que sea admitido a trámite el recurso de revisión contra esta resolución deberá constituir un depósito de 25 €, que le será devuelto sólo en el caso de que el recurso sea estimado.El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el banco BANESTO, en la cuenta correspondiente a este expediente indicando, en el campo “concepto” el código “01 Civil-Revisión resoluciones Secretario Judicial” y la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA En el caso de realizar el ingreso mediante transferencia bancaria, tras completar el Código de Cuenta Corriente (CCC, 20 dígitos), se indicará en el campo “concepto” el número de cuenta el código y la fecha que en la forma expuesta en el párrafo anterior.En ningún caso se admitirá una consignación por importe diferente al indicado. En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cadaconcepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase.Están exceptuados de la obligación de constituir el depósito quienes tengan reconocido el derecho a litigar gratuitamente, el Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de los tres anteriores.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL

Llíria, 27 de enero de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARCO ANTONIO BAUTISTA TORRES

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