Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Llíria
Dirección: Calle JOSE PEREZ MARTINEZ S/N
Localidad: Llíria
Código Postal: 46160
Provincia: Valencia/València
Teléfono: 962782862
Correo electrónico: marconell_ele@gva.es
Civil
Número: 139/2022
NIG: 4614741120220000791
Decreto
Fecha: 26/01/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
IZSESA CONSTRUCCIONES SL - NIF/NIE: ****3375*
SERGIO SANZ JAVALOYES - NIF/NIE: ***1434**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
PARTE DISPOSITIVA
ACUERDO:
PRIMERO.-Se declara precluido el plazo para que el deudor IZSESA CONSTRUCCIONES SLSERGIO SANZ JAVALOYES, cumpliese el requerimiento efectuado, sin haber realizado ninguna de las posibilidades que el art. 440.3 LEC le concede; y en su virtud, se DECLARA terminado el presente proceso, presentado por LUIS PALOP APARICIO, ejercitando Juicio verbal (Desahucio Falta pago - 250.1.1) [JVD] frente a IZSESA CONSTRUCCIONES SL Y SERGIO SANZ JAVALOYES y resuelto el contrato entre las partes. Se imponen al demandado las costas causadas.
SEGUNDO.-Llévese a cabo el lanzamiento en la fecha fijada, es decir, 26 DE ABRIL DE 2023 A LAS 11.00 HORAS.
TERCERO.-Se da traslado a la parte demandante para que inste el despacho de ejecución en cuanto a la CANTIDAD RECLAMADA, es decir 6.528 €, más las cuantías que se hayan devengado durante la tramitación del presente procedimiento hasta la fecha de entrega de la posesión, que deberán ser reclamadas en el correspondiente procedimiento de ejecución.
CUARTO.-El demandado estará obligado al pago de las cuantías debidas devengadas con posterioridad a la presentación de la demanda y hasta la entrega de la posesión efectiva de la finca, tomándose como base de la liquidación de las rentas futuras, el importe de la última mensualidad reclamada al presentar la demanda.
QUINTO.-Líbrese testimonio de la presente resolución que quedará unida a las actuaciones, llevándose el original al libro registro correspondiente.
MODO DE IMPUGNACIÓN:mediante RECURSO de REVISIÓN anteeste Juzgado (artículo 454 bis LEC). El recurso de revisión deberáinterponerse en el plazo de CINCO DÍAS mediante escrito en el quedeberá citarse la infracción en que la resolución hubiera incurrido ycumplir los requisitos exigidos en la Disposición Adicional Decimoquintade la LOPJ. Si no se cumplieran los requisitos de admisibilidad delrecurso, el Tribunal lo inadmitirá mediante providencia (artículo 454.2bis LEC).
Llíria, 27 de enero de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARCO ANTONIO BAUTISTA TORRES
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid