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Documento BOE-J-2023-396919

HUÉRCAL-OVERA. Edicto de 25 de septiembre de 2023 en procedimiento civil número 236/2018.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 232, de 28 de septiembre de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - ALMERÍA
Referencia:
BOE-J-2023-396919

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 3 de Huercal-Overa

Dirección: Carretera NACIONAL 340 HUÉRCAL-OVERA 204

Localidad: Huércal-Overa

Código Postal: 04600

Provincia: Almería

Teléfono: 950109977

Correo electrónico: AtPublico.JMixto.3.Huercal.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 236/2018

NIG: 0410042120170003354

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 01/09/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 0 dias

DESTINATARIOS

JOEL HOMES SL - Nº ****8009*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

DECRETO

Letrado/a de la Administración de Justicia, Sr./a.: JAVIER PASTOR ORTIZ

En HUÉRCAL-OVERA, a uno de septiembre de dos mil veintitrés.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- En las presentes actuaciones se ha practicado tasación de costas con fecha veintiuno de junio de dos mil veintitrés, de la que se ha dado traslado a las partes personadas, sin que se haya formulado impugnación alguna.

SEGUNDO.- Asimismo, se ha dado traslado a las partes personadas de la propuesta de liquidación de intereses devengados hasta la fecha en los presentes autos, según los términos de la resolución condenatoria, sin que tampoco sobre este propuesta se haya formulado por la parte obligada oposición alguna dentro del plazo concedido al efecto.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- De conformidad con lo dispuesto en el art. 244.3 LEC, transcurrido el plazo establecido en el apartado 1 del mismo precepto, sin haber sido impugnada la tasación de costas practicada, el/la Letrado/a de la Administración de Justicia la aprobará mediante decreto.

SEGUNDO.- No habiéndose formulado tampoco objeción alguna a la liquidación de intereses propuestos en los presentes autos, conformes a lo dispuesto en el art. 714 LEC, procede igualmente su aprobación.

PARTE DISPOSITIVA

En atención a lo expuesto, se ACUERDA:

Aprobar la TASACIÓN DE COSTAS practicada en este proceso con fecha veintiuno de junio de dos mil veintitrés, por importe de 5.045,97 euros, a cuyo pago ha sido condenada la parte demandada UNICAJA BANCO S.A. y JOEL HOMES SL.

Se aprueba igualmente la LIQUIDACIÓN DE INTERESES, ascendente a la suma de 21.526,98 euros, y a cuyo pago viene obligada la parte condenada.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso directo de REVISIÓN ante este Juzgado en el plazo de CINCO DÍAS hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, y el recurrente deberá constituir y acreditar al tiempo de la interposición el DEPÓSITO para recurrir de veinticinco euros, mediante su ingreso en la Cuenta de Consignaciones de este Juzgado.

Así lo acuerdo y firmo, doy fe.

EL LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Huércal-Overa, 25 de septiembre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JAVIER PASTOR ORTIZ

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