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Documento BOE-J-2023-394281

VALLADOLID. Edicto de 20 de septiembre de 2023 en procedimiento concursal número 264/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 231, de 27 de septiembre de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - VALLADOLID
Referencia:
BOE-J-2023-394281

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

JDO. DE LO MERCANTIL N. 1

Dirección: C/ NICOLAS SALMERON, 5-1º

Localidad: VALLADOLID

Código Postal: 47004

Provincia: Valladolid

Teléfono: 983218181

Correo electrónico: mercantil1.valladolid@justicia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 264/2023

NIG: 4718647120230000599

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 19/09/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 15 DIAS

DESTINATARIOS

Acreedores y demás interesados en el concurso voluntario ordinario de FELIZ SAN JOSE MORALES con DNI 09XXXX40E

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.justicia.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

Dª. ADELA TAMAYO GÓMEZ, Letrado de la Administración de Justicia de JDO. DE LO MERCANTIL N. 1 de VALLADOLID, por el presente, HAGO SABER: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº SECCION I DECLARACION CONCURSO 0000264/2023 y NIG nº 47186 47 1 2023 0000599 se ha dictado en fecha 18 de septiembre de 2023, Auto de declaración de concurso voluntario del deudor FELIX SAN JOSE MORALES, con DNI 09XXXX40E, con domicilio en calle Portillo de Balboa 34, 6º B, 47010, VALLADOLID, siendo el pasivo 84.836,32 euros, careciendo de masa activa suficiente. 2.- Se ha acordado anunciar en el «Boletín Oficial del Estado» para su publicación en el suplemento del tablón edictal judicial único y la publicación en el Registro público concursal con llamamiento al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo a fin de que, en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que en su caso presente informe razonado conforme a la Ley. En el caso de que, dentro de plazo, ningún legitimado hubiera formulado esa solicitud, el deudor que fuera persona natural podrá presentar solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho. Si dentro del mencionado plazo, ningún legitimado formula dicha solicitud, se procederá a la conclusión del concurso con los efectos previstos en el art. 484 TRLC. Se ha acordado librar mandamiento al Registro Civil, para la anotación y, una vez firme, para su inscripción, la declaración de concurso, con indicación del órgano judicial que la hubiera dictado, del carácter de la resolución y de la fecha en que se hubiera producido; la intervención o, en su caso, la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre los bienes y derechos que integren la masa activa, así como la identidad del administrador o de los administradores concursales si se nombraren. 3.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es

VALLADOLID, 20 de septiembre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ADELA TAMAYO GÓMEZ

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