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Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Pamplona/Iruña
Dirección: Plaza JUEZ ELIO 1 4
Localidad: Pamplona/Iruña
Código Postal: 31011
Provincia: Navarra
Teléfono: 848426823
Correo electrónico: juzgado.mercantil2@navarra.es
Concursal
Número: 558/2023
NIG: 3120147120230000588
Auto
Fecha: 19/09/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Emplazamiento. Plazo: 15 dias para nombrar Administrador Concursal
Todos los acreedores e interesados en el concurso de DON GINÉS RAMOS MARTINEZ, con D.N.l. 46948827P.
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
1. Se declara la competencia objetiva y territorial de este Juzgado para conocer de la solicitud de concurso presentada por el Procurador Sr.Montalvo, en nombre y representación del deudor, persona física, soltero, DON GINÉS RAMOS MARTINEZ, con D.N.l. 46948827P.
2. Se declara el concurso de acreedores voluntario de DON GINÉS RAMOS MARTINEZ, con D.N.l. 46948827P, que se seguirá por los trámites del concurso sin masa de la sección cuarta, en el capítulo V, del Libro I del TRLC.
3. El pasivo que resulta de la documentación aportada asciende a 34.789,46. euros.
4. Remítase esta resolución, por medio de edicto, directa y telemáticamente por este Juzgado al Tablón Edictal Judicial Único (TEJU), conforme dispone el artículo 37 bis del TRLC, para su publicación electrónica en el TEJU del BOE y en el Registro Público Concursal.
5. . Procédase a la anotación en el Registro Civil de RIPOLLET, la declaración de concurso, con indicación del órgano judicial que la ha dictado, el carácter de la resolución y la fecha de su dictado conforme al artículo 36.1 TRLC y 557.1 TRLC, y una vez firme se procederá a su inscripción.
6. Notifíquese esta resolución por medios telemáticos, a la Hacienda Tributaria de Navarra, a la Agencia Tributaria y a la Tesorería General de la Seguridad Social.
7. Llámese al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo a fin de que, en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado sobre los extremos contenidos en el artículo 37 ter TRLC.
8. Notifíquese a la concursada esta resolución haciéndole saber que podrá presentar solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho dentro de los diez días siguientes a contar desde el vencimiento del plazo para que los acreedores legitimados puedan solicitar el nombramiento de administrador concursal sin que lo hubieran hecho.
Pamplona/Iruña, 21 de septiembre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, AIDA GONZALEZ ARCE
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