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Documento BOE-J-2023-38602

VÉLEZ-MÁLAGA. Edicto de 9 de enero de 2023 en procedimiento civil número 539/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 26, de 31 de enero de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - MÁLAGA
Referencia:
BOE-J-2023-38602

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 1 de Vélez Málaga

Dirección: Calle EUGENIO MORALES JURADO 2

Localidad: Vélez-Málaga

Código Postal: 29700

Provincia: Málaga

Teléfono: 952915053

Correo electrónico: AtPublico.UPAD.1.Velez.Malaga.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 539/2022

NIG: 2909400120220003279

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 17/11/2022

Objeto de la publicación edictal:

Requerimiento. Plazo: 10 DIAS

DESTINATARIOS

AXARQUIA DEL RECICLAJE Y ECOSISTEMAS SL - Nº ****5233*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sede.justicia.juntadeandalucia.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

JUZGADO: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION Nº 1 DE VELEZ-MALAGA (UPAD Nº 1)

JUICIO: Juicio Cambiario 539/2022

PARTE DEMANDANTE: ZENON CORPORACION 21 S.A

PARTE DEMANDADA: AXARQUIA DEL RECICLAJE Y ECOSISTEMAS SL

SOBRE: Juicio Cambiario

En el juicio referenciado se ha acordado entregar a la parte demandada la cédula cuyo texto literal es el siguiente:

REQUERIMIENTO

TRIBUNAL QUE ACUERDA EL REQUERIMIENTO: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION Nº 1 DE VELEZ-MALAGA (UPAD Nº 1)

ASUNTO EN QUE SE ACUERDA: El arriba referenciado.

PERSONA A LA QUE SE REQUIERE: AXARQUIA DEL RECICLAJE Y ECOSISTEMAS SL, con domicilio en CL SANTIAGO RUSIÑOL, 17, POLIGONO LA PAÑOLETA VÉLEZ-MÁLAGA

ORDEN QUE SE DEBE CUMPLIR: Pagar al acreedor ZENON CORPORACION 21 S.A 159720 euros de principal, más 47.916 euros presupuestados provisionalmente y sin perjuicio de ulterior liquidación para intereses de demora, gastos y costas,.

PLAZO PARA EL CUMPLIMIENTO DE LO ORDENADO: DIEZ DIAS.

PREVENCIONES LEGALES

Si no paga en dicho plazo, ni presenta demanda de oposición en igual plazo al juicio cambiario por las causas o motivos previstos en el artículo 67 de la Ley Cambiaria y del Cheque, se despachará ejecución contra sus bienes por las cantidades reclamadas (artículo 824 L.E.C.)

Por el simple hecho de la oposición no quedará sin efecto el embargo preventivo acordado (artículo 827 L.E.C.)

La demanda de oposición en atención a la cuantía de lo reclamado si/no requiere la firma de Abogado y Procurador.

Y para que sirva de requerimiento extiendo el presente para su entrega al requerido a efectos de su conocimiento y cumplimiento de lo ordenado.

En Vélez Málagaa 17 de noviembre de 2022

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, , de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado para llevar a efecto la diligencia de requerimiento.

En Vélez Málaga,a veintiuno de diciembre de dos mil veintidós

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

DILIGENCIA.- La extiendo yo, el/la Letrado/a de la Administración de Justicia, para hacer constar que el presente edicto ha quedado fijado en el día de hoy en el tablón edictal judicial único del Ministerio de Justicia . Doy fe.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."

Vélez-Málaga, 9 de enero de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, HECTOR MEDINA MOLINA

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