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Documento BOE-J-2023-38495

MOTRIL. Edicto de 26 de enero de 2023 en procedimiento civil número 421/2021.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 26, de 31 de enero de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - GRANADA
Referencia:
BOE-J-2023-38495

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 3 de Motril

Dirección: Calle FIELATO DE LA POSTA S/N

Localidad: Motril

Código Postal: 18600

Provincia: Granada

Teléfono: 958989065

Correo electrónico: jmixto.3.motril.jus@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 421/2021

NIG: 1814042120200001655

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 30/07/2021

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 10 DIAS

DESTINATARIOS

ROMINA VAZQUEZ MENDEZ - NIF/NIE: ***7379**

ANGEL VAZQUEZ FERNANDEZ - NIF/NIE: ***6597**

DOLORES MENDEZ AGRAFOJO - NIF/NIE: ***4338**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

PARTE DISPOSITIVA

En atención a lo expuesto, se ACUERDA:

Se da la ORDEN GENERAL y SE DESPACHA EJECUCIÓN DINERARIA a instancia de AMELIA VALLEJO CAMACHO, representada por la Procuradora, MARIA DEL PILAR REJON SANCHEZ, en adelante parte ejecutante, contra DOLORES MENDEZ AGRAFOJO, ANGEL VAZQUEZ FERNANDEZ y ROMINA VAZQUEZ MENDEZ, en adelante parte ejecutada, por las cantidades de 2313,7 euros de PRINCIPAL, más otros 694,11 euros presupuestados para INTERESES y COSTAS sin perjuicio de su ulterior liquidación, ejecución que se despacha en forma solidaria respecto de todos los ejecutados.

Queden los autos sobre la mesa del/la Letrado/a de la Administración de Justicia a los efectos de dictar el correspondiente decreto de medidas ejecutivas del art. 551.3 LEC.

Conforme al art. 553 LEC, notifíquese la presente resolución simultáneamente con el decreto de medidas ejecutivas a las partes y al/los ejecutado/s, o al/los Procurador/es que lo represente/n, con entrega de copias de la demanda ejecutiva y documentos acompañados, sin citación ni emplazamiento, para que en cualquier momento puedan personarse en la ejecución.

Esta resolución es firme y contra ella no cabe recurso alguno conforme a lo dispuesto en el art.551.4 LEC, sin perjuicio de que el/los ejecutado/s puedan oponerse a la ejecución despachada dentro del plazo de DIEZ DÍAS siguientes a la notificación de este auto.

Así lo acuerda y firma el/la Magistrado/a-Juez arriba referido/a, de lo que yo el/la Letrado/a de la Administración de Justicia, YOLANDA PAVÓN CALLEJÓN , DOY FE.

Motril, 26 de enero de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA JESUS PASCUAL GONZÁLEZ

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