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Documento BOE-J-2023-375165

ALICANTE/ALACANT. Edicto de 13 de septiembre de 2023 en procedimiento civil número 93/2019.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 223, de 18 de septiembre de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - ALICANTE/ALACANT
Referencia:
BOE-J-2023-375165

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de Alicante

Dirección: Calle PARDO GIMENO 43

Localidad: Alicante/Alacant

Código Postal: 03007

Provincia: Alicante/Alacant

Teléfono: 966902634

Correo electrónico: hergueta_cri@gva.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 93/2019

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 24/07/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

RUBEN TEROL PASTOR - NIF/NIE: ***4463**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

D E C R E T O Nº 408/23Sr. Letrado A. Justicia D. ISAAC CARLOS BERNABÉU PÉREZEn ALICANTE, a veinticuatro de julio de dos mil veintitrés.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Los presentes autos de ejecución hipotecaria fueron instados por la Procuradora Sra. FOLLANA MURCIA, en nombre y representación de la entidad BANCO DE SANTANDER, contra RUBÉN TEROL PASTOR, en reclamación de 67294,25 euros en concepto de principal, más otros 20188,27 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación, en base a un crédito hipotecario concedido mediante ESCRITURA PUBLICA otorgada ante el Notario D. JUAN IGNACIO SOLDEVILLA JIMENEZ con Nº PROTOCOLO 1851 en fecha 22/08/01, la cual fue objeto de novación mediante ESCRITURA DE NOVACION autorizada ante el mismo Notario con Nº 168 DE SU PROTOCOLO de fecha 18/01/05, siendo nuevamente objeto de novación mediante ESCRITURA DE NOVACION de fecha 10/01/12 autorizada ante el mismo NOTARIO con Nº 27 DE SU PROTOCOLO, y siendo finalmente objeto de modificación mediante ESCRITURA de fecha 17/04/15 autorizada ante el mismo Notario, de su Protocolo Nº 331, dirigiendo su acción contra la Finca Registral nº 19.463 del Registro de la Propiedad de El Campello.

SEGUNDO.- Cumplidos los trámites necesarios, se celebró la subasta de la finca indicada dictándose decreto nº 308/23 en fecha 12/06/23, acordando la adjudicación de la finca hipotecada a la parte ejecutante BANCO SANTANDER SA, que es del siguiente tenor literal:

TERCERO.- Por la parte ejecutante mediante comparecencia de fecha 14/07/23 se cedió la adjudicación a favor como cesionarios de D. GABRIEL ERNESTO KAUFMANN y Dª. INMACULADA CANDELA FRANCES, representados por la Procuradora Sra. BONAFUENTE ESCALADA, por importe de 60.000 euros quienes la aceptaron en los términos en que se llevó a cabo aquélla, aportando justificante de transferencia del importe de la cesión a favor de la ejecutante y presentando escrito de aclaración, a requerimiento de este Letrado de la Administración de Justicia, manifestando que el porcentaje por el que se adjudican los cesionarios el inmueble es del 50% cada uno, aceptando expresamente la ejecutante que la cesión se llevaba a cabo a pérdidas al realizarse por importe inferior al precio de adjudicación.

PARTE DISPOSITIVA

1.- SE APRUEBA LA CESION DE LA ADJUDICACION por la cantidad de 60.000 euros sobre la finca registral nº 19463 del Registro de la Propiedad de El Campello, cuya descripción registral consta en la relación fáctica de esta resolución, que llevó a cabo la ejecutante BANCO SANTANDER SA a favor de D. GABRIEL ERNESTO KAUFMANN en cuanto al 50% y de Dª. INMACULADA CANDELA FRANCES en cuanto al 50%.La cedente BANCO SANTANDER SA ha recibido por la cesión la cantidad de 60.000 euros, precio total acordado con los cesionarios GABRIEL ERNESTO KAUFMANN e INMACULADA CANDELA FRANCES, habiendo asumido expresamente la cedente que la cesión de la adjudicación se realiza "a pérdidas", toda vez que el precio de adjudicación asciende a 91974,11 euros, el cual ha sido igual al crédito reclamado a la parte ejecutada (que asciende a 67294,25 euros de principal, 10492,76 euros de costas procesales y 14187,10 en concepto de intereses), y por dicho importe (91974,11 euros) queda liberada la parte ejecutada, con renuncia de la ejecutante cedente BANCO SANTANDER SA a cobrar la diferencia entre el precio cobrado en la cesión (60.000 euros) y el precio de adjudicación (91974,11 euros).2.- Se acuerda la cancelación de la hipoteca ejecutada en este procedimiento, así como la de todas las inscripciones y anotaciones posteriores, incluso las que se hubiesen verificado después de expedida la certificación prevenida en el art. 656 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.Para la efectividad de dicha cancelación, a instancia de los adjudicatarios, firme que sea la presente resolución, expídase mandamiento por duplicado al Sr. Registrador de la Propiedad de El Campello, con los insertos necesarios, y hágase entrega a la adjudicataria de testimonio de la presente que servirá de título bastante para la inscripción y para liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en el Registro de la Propiedad.3.- Se entienden subsistentes todas las cargas anteriores y preferentes al crédito aquí reclamado, y que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate.4.- Del resultado del procedimiento no puede hacerse declaración sobre la situación posesoria de la finca, por no constar en autos.MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de revisión en el plazo de cinco días ante el/la Letrado/a de la Administración de Justicia que lo dicta.De conformidad con la D.A. 15ª de la L.O.P.J., para que sea admitido a trámite el recurso de revisión contra esta resolución deberá constituir un depósito de 25 €, que le será devuelto sólo en el caso de que el recurso sea estimado.Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

Alicante/Alacant, 13 de septiembre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ISAAC BERNABEU PEREZ

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