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Documento BOE-J-2023-375136

ALICANTE/ALACANT. Edicto de 13 de septiembre de 2023 en procedimiento civil número 283/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 223, de 18 de septiembre de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - ALICANTE/ALACANT
Referencia:
BOE-J-2023-375136

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de Alicante

Dirección: Calle PARDO GIMENO 43

Localidad: Alicante/Alacant

Código Postal: 03007

Provincia: Alicante/Alacant

Teléfono: 966902634

Correo electrónico: hergueta_cri@gva.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 283/2023

RESOLUCIÓN PROCESAL

Sentencia

Fecha: 07/09/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

IGNORADOS OCUPANTES DE LA VIVIENDA SITA EN ALICANTE C/MUSICO TORRES CLIMENT 1, 3-A.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

SENTENCIA Nº 249/23

En la ciudad de Alicante a 7 de septiembre de 2023.Vistos por doña Carla Falcó Seller, Magistrado titular del Juzgado de Primera Instancia número 1 de los de esta Ciudad y su partido judicial, los autos de juicio verbal sobre protección de los derechos reales inscritos N.º 283/2023seguidos ante este Juzgado a instancia de don Jonathan Gabriel Villalva Suares,representado por la Procuradora Sra. Santana Oliver y asistido del Letrado don Pedro Jesús Vázquez Jaén, contra ignorados ocupantes de la finca sita en Alicante en la calle Músico Torres Climent n.º 1, 3º A, declarados en rebeldía; y atendidos los siguientes.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora doña M.ª Begoña Santana Oliveren nombre y representación de don Jonathan Villalva Suares, debo condenar y condeno a los ignorados ocupantes de la vivienda sita en Alicante en la calle Músico Torres Climent n.º 1, 3º A, al inmediato cese en todo acto de posesión respecto de la fina descrita, no perturbando por ningún concepto la plena eficacia del dominio del actor. Con apercibimiento de lanzamiento, si no desalojan la finca de manera inmediata, y con imposición de las costas de esta instancia a la parte demandada.Notifíquese en legal forma a las partes haciéndoles saber que la presente sentencia no es firme y que contra la misma cabe recurso de apelación en un plazo de VEINTE DÍAS desde su notificación que, en su caso, deberá de interponerse mediante escrito presentado ante este Juzgado para ser resuelto, previa su tramitación legal, por la Ilma. Audiencia Provincial de Alicante.Así, por esta, mi Sentencia, de la que se expedirá certificación para incorporarla a las actuaciones llevándose el original al Libro de Sentencias, la pronuncio, mando y firmo.

Alicante/Alacant, 13 de septiembre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ISAAC BERNABEU PEREZ

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