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Documento BOE-J-2023-368641

ALICANTE/ALACANT. Edicto de 11 de septiembre de 2023 en procedimiento civil número 1226/2021.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 220, de 14 de septiembre de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - ALICANTE/ALACANT
Referencia:
BOE-J-2023-368641

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 11 de Alicante

Dirección: Calle PARDO GIMENO 43

Localidad: Alicante/Alacant

Código Postal: 03071

Provincia: Alicante/Alacant

Teléfono: 965936119

Correo electrónico: perea_fraarr@gva.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 1226/2021

NIG: 0301442120190023083

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 09/09/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 10

DESTINATARIOS

JOSE GREGORIO QUINTERO ARELLANO - NIF/NIE: ****5493*

JOSE GREGORIO QUINTERO DE LA CRUZ - NIF/NIE: ****1350*

MARIA LARA ZAPLANA POMATA - NIF/NIE: ***0267**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (http://www.justicia.gva.es/es/web/justicia).

INFORMACIÓN ADICIONAL

D E C R E T O

 

Sr./a Letrado de la Admón. de Justicia: ANTONIO RUFAS TENAS

En ALICANTE, a nueve de septiembre de dos mil veintidós.

ANTECEDENTES DE HECHO

Único.- En las presentes actuaciones se ha practicado, a instancia de NANU CONSTRUCCIONES Y DESARROLLOS INMOBILIARIOS S COOP V, tasación de costas con fecha de 15/02/2022, de las que se ha dado traslado a las partes, sin que se haya formulado impugnación alguna.

 

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Único.- De conformidadcon lo dispuesto en el artículo 244.3 y 714.2 de la L.E.C., respectivamente, transcurrido el plazo establecido, sin haber sido impugnada la tasación de costas practicada, el secretario judicial las aprobará mediante decreto.

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO:

Aprobar la tasación de costas practicada en este proceso en fecha 15/02/2022, por importe de DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO EUROS CON CUARENTA Y SEIS CENTIMOS (268,46€) Euros, a cuyo pago ha sido condenada la parte demandada.

MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de revisión en el plazo de cinco días ante el Letrado de la Admón. de Justicia que lo dicta.

INFORMACION SOBRE EL DEPÓSITO PARA RECURRIR

De conformidad con la D.A. 15ª de la LOPJ, para que sea admitido a trámite el recurso de revisión contra esta resolución deberá constituir un depósito de 25 €, que le será devuelto sólo en el caso de que el recurso sea estimado.

El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el banco SANTANDER, en la cuenta correspondiente a este expediente 2175 0000 05 1226 21 indicando, en el campo "concepto" el código "01 Civil-Revisión resoluciones Secretario Judicial" y la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA En el caso de realizar el ingreso mediante transferencia bancaria, tras completar el Código de Cuenta Corriente (CCC, 20 dígitos), se indicará en el campo "concepto" el número de cuenta el código y la fecha que en la forma expuesta en el párrafo anterior.

En ningún caso se admitirá una consignación por importe diferente al indicado. En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada

concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase.

Están exceptuados de la obligación de constituir el depósito quienes tengan reconocido el derecho a litigar gratuitamente, el Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de los tres anteriores.

 

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

 

EL Letrado de la Admón. de Justicia

 

Alicante/Alacant, 11 de septiembre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ANTONIO RUFAS TENAS

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