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Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 3 de Motril
Dirección: Calle FIELATO DE LA POSTA S/N
Localidad: Motril
Código Postal: 18600
Provincia: Granada
Teléfono: 958989065
Correo electrónico: jmixto.3.motril.jus@juntadeandalucia.es
Civil
Número: 161/2021
NIG: 1814042120210000796
Diligencia
Fecha: 06/05/2022
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: 10
INMACULADA GONZALEZ BUENO - NIF/NIE: ***5906**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
DILIGENCIA DE ORDENACION DEL LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA SR/A.D./Dª.YOLANDA PAVÓN CALLEJÓN
En MOTRIL, a seis de mayo de dos mil veintidós.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 244 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, de la anterior tasación de costas, dése traslado a las partes por plazo común de DIEZ DÍAS, con la advertencia de que ya no se admitirá la inclusión o adición de partida alguna, reservando a los interesados su derecho para reclamarlo de quien y como corresponda.
Dentro del plazo señalado, puede impugnarse la tasación practicada:
Por la parte condenada, basada en la inclusión de partidas, derechos o gastos indebidos y en cuanto a los honorarios de los Abogados, peritos o profesionales no sujetos a arancel, también podrá impugnarse la tasación alegando que el importe de dichos honorarios es excesivo (artículo 245.2 L.E.C.).
La parte favorecida, podrá impugnar la tasación por no haberse incluido gastos que estime debidamente justificados y reclamados. También podrá fundar su reclamación en no haberse incluido la totalidad de la minuta de honorarios de su Abogado, o de perito, profesional o funcionario no sujeto a arancel o no haberse incluido correctamente los derechos de su Procurador (artículo 245.3 L.E.C.).
En todo caso, en el escrito de impugnación habrán de mencionarse las cuentas o minutas y las partidas concretas a que se refiera la discrepancia y las razones de ésta. En otro caso, no se admitirá a trámite la impugnación (artículo 245.4 L.E.C.).
MODO DE IMPUGNACIÓN: mediante recurso de REPOSICIÓN ante el/la Letrado/a de la Administración de Justicia que la dicta. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de CINCO DÍAS hábiles contados desde el siguiente de la notificación, expresándose la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la LEC).
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
TASACIÓN DE COSTAS
que practica la Letrada de la Administración de Justicia que suscribe, Dª. Yolanda Pavón Callejón en el procedimiento reseñado y a cuyo pago ha sido condenada la parte demandada.
DECRECHOS DE PROCURADOR, Sra. López Parrilla.
Monitorio, art. 9 ............................................................................................ 35.00
Tasación de costas , art. 5 ….......................................................................... 22.29
_______
57.29
I.V.A ( 21%) ................................................................................................. 12.03
_______
69.32
HONORARIOS DE LETRADO, Sr. López Rubiño.
Por su intervención en el procedimiento ..................................................... 186.00
I.V.A ( 21%) ................................................................................................. 39.06
________
225.06
SUMA TOTAL ............................. 294,38 Euros ( s.e.u.o.).
Importa la presente Tasación de Costas la cantidad de DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO EUROS CON TREINTA Y OCHO CENTIMOS, salvo error u omisión.
En MOTRIL, a cinco de mayo de dos mil veintidós.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Motril, 11 de septiembre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA JESUS PASCUAL GONZÁLEZ
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