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Documento BOE-J-2023-367095

TORRENT. Edicto de 11 de septiembre de 2023 en procedimiento concursal número 990/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 220, de 14 de septiembre de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - VALENCIA/VALÈNCIA
Referencia:
BOE-J-2023-367095

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 5 de Torrent

Dirección: Plaza DE LA LIBERTAD 9 Bajo

Localidad: Torrent

Código Postal: 46900

Provincia: Valencia/València

Teléfono: 961927632

Correo electrónico: topi05_val@gva.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 990/2022

NIG: 4624442120220005312

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 07/09/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

"Concurso de doña Mónica Alejos Andreu"

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

PARTE DISPOSITIVA 1.- Debo declarar la conclusión del concurso de MONICA ALEJOS ANDREU, y el archivo de las actuaciones. 2.- Se declara el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes.3.- Se concede a MONICA ALEJOS ANDREU la exoneración del pasivo insatisfecho, con la extensión y los efectos recogidos en el fundamento jurídico cuarto.4.- Se aprueban las cuentas presentadas por la administración concursal.5.- Se declara el cese de la Administración Concursal. 6.- Líbrese mandamiento a los acreedores afectados para que comuniquen la exoneración a los sistemas de información crediticia a los que previamente hubieran informado del impago o mora de deuda exonerada para la debida actualización de sus registros.Notifíquese la presente resolución a las mismas personas a las que se hubiera notificado el auto de declaración del concurso, publicándose en el Registro público concursal y, por medio de edicto, en el Boletín Oficial del Estado.Líbrese mandamiento al Registro Civil, para el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, así como del cese de la Administración Concursal.Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días (artículo 546 TRLC en redacción dada por la Ley 16/2022 de 5 de septiembre aplicable según la disposición transitoria primera 1.8ª de la misma). Así por este Auto lo acuerda, manda y firma SSª

Torrent, 11 de septiembre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOSE DAVID SEVILLA GARCIA

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