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Documento BOE-J-2023-365948

ALICANTE/ALACANT. Edicto de 8 de septiembre de 2023 en procedimiento civil número 1171/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 219, de 13 de septiembre de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - ALICANTE/ALACANT
Referencia:
BOE-J-2023-365948

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 11 de Alicante

Dirección: Calle PARDO GIMENO 43

Localidad: Alicante/Alacant

Código Postal: 03071

Provincia: Alicante/Alacant

Teléfono: 966902650

Correo electrónico: gomez_manferb@gva.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 1171/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Sentencia

Fecha: 05/04/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

ARPINE AZIZYAN - NIF/NIE: ****7757*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (http://www.justicia.gva.es/es/web/justicia).

INFORMACIÓN ADICIONAL

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 11 DE ALICANTE

PROCEDIMIENTO: JUICIO VERBAL 1171/22

PARTE DEMANDANTE: BULNES CAPITAL, S.L.Procuradora: Velázquez Carrasco, Cintia LeonorLetrado: Parra García, Alejandro

PARTE DEMANDADA: ARPINE ARIZYAN

SENTENCIA Nº 59/2023

En Alicante, a 5 de abril de 2.023.

Vistos por doña Diana María Cantó Llorens, Magistrada-Juez en el Juzgado de Primera Instancia número once de Alicante y de su partido, los presentes autos de Juicio Verbal número 1171/22, promovidos por la Procuradora de los Tribunales Sra. Velázquez Carrasco, en nombre y representación de la mercantil BULNES CAPITAL, S.L., bajo la asistencia letrada del Sr. Parra García, contra don/doña ARPINE ARIZYAN, en situación de rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad.

FALLOQue desestimando íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Sra. Velázquez Carrasco, en nombre y representación de la entidad BULNES CAPITAL S.L., contra don/doña ARPINE AZIZYAN, debo absolver y absuelvo a la parte demandada de todos los pedimentos que frente a ella solicitaba la entidad actora en este procedimiento; todo ello con expresa imposición de costas a la parte actora vencida en esta litis.

Alicante/Alacant, 8 de septiembre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ANTONIO RUFAS TENAS

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