Juzgado de Primera Instancia Nº 3 de Cartagena
Dirección: Calle ANGEL BRUNA 21
Localidad: Cartagena
Código Postal: 30204
Provincia: Murcia
Teléfono: 968326220
Correo electrónico: instancia3.cartagena@justicia.es
Civil
Número: 31/2022
NIG: 3001642120210010533
Sentencia
Fecha: 17/01/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
IGNORADOS OCUPANTES DE LA PLAZA DE APARCAMIENTO
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
FALLO1.- Estimar la demanda promovida por BUILDINGCENTER, SAUfrente los ignorados ocupantes de la plaza de aparcamiento sitaen Fuente Álamo, calle Garre (esquina con calle Del Marchante),número 2 (edificio Las Fuentes), plaza de aparcamiento número 51(finca registral número 51643 del Registro de la Propiedad deCartagena número 3), declarando haber lugar al desahucio porprecario y condenando a los demandados a dejar libre, vacuo y adisposición del actor la vivienda, apercibiendo a la demandada deque en caso contrario se procederá a su lanzamiento, así como, secondene en costas a la parte demandada.2.- Imponer el pago de las costas del presente procedimientoa la parte demandada.MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra esta resolución cabe recurso deapelación a interponer por escrito ante este Juzgado en término deveinte DÍAS, siguientes a su notificación, para conocimiento yfallo por la Ilma. Audiencia Provincial.Conforme a la D.A. Decimoquinta de la L.O.P.J., para laadmisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en lacuenta de depósitos y consignaciones de este órgano, un depósitode 50 euros, salvo que el recurrente sea: beneficiario dejusticia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, ComunidadAutónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente.El depósito deberá constituirlo ingresando la citadacantidad en la cuenta de este expediente, indicando en el campo"concepto", la indicación "Recurso" seguida del código "02 Civil-Apelación".Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberáincluir, tras la cuenta referida, separados por un espacio laindicación "recurso" seguida del código "02 Civil-Apelación".En el caso de que deba realizar otros pagos en la mismacuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso siobedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando,en este caso, en el campo observaciones la fecha de la resoluciónrecurrida con el formato DD/MM/AAAA.Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.EL/LA MAGISTRADO/JUEZ,
Cartagena, 23 de enero de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOSE MIGUEL GARCIA PEREZ
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