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Documento BOE-J-2023-351133

MADRID. Edicto de 1 de septiembre de 2023 en procedimiento concursal número 112/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 213, de 6 de septiembre de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2023-351133

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 5 de Madrid

Dirección: Calle GRAN VÍA 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

Teléfono: 914930570

Correo electrónico: mercantil5@madrid.org

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 112/2023

NIG: 2807900220230054582

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 17/04/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

Dª ROCIO PERALES BELIZON Letrada de la Administración de Justicia delJuzgado de lo Mercantil núm- 5 de Madrid.

ANUNCIA

1.- Que en el Concurso Abreviado 112/2023, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2023/0054582, por auto de fecha 17/04/2023, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a JESUS ENRIQUEZ ALONSO. con DNI 50****75R

2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 255 de la TRLC, en el plazo de un mes, desde la publicación deeste edicto en el TEJU.

3.- Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal

4.- La identidad de la Administración concursal es Letrado D./Dña. JAVIERFORTUÑO GIL con domicilio postal en Calle Tenerias 43, entlo (12003) Castellón, ydirección electrónica area-concursal@fortuno-gil.com, ello para que los acreedores, a suelección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el art. 256 TRLC, en cualquiera de las dos direcciones.

5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.

6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, eswww.publicidadconcursal.es

7.- Que se ha procedido a la apertura de la fase de liquidación.

Madrid, 1 de septiembre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ROCIO PERALES BELIZON

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