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Documento BOE-J-2023-351072

ALMERÍA. Edicto de 1 de septiembre de 2023 en procedimiento concursal número 39/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 213, de 6 de septiembre de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ALMERÍA
Referencia:
BOE-J-2023-351072

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Almería

Dirección: Carretera RONDA (DE) 120 (Ciudad de la Justicia)

Localidad: Almería

Código Postal: 04005

Provincia: Almería

Teléfono: 950809067

Correo electrónico: AtPublico.JMercantil.1.Almeria.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 39/2023

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 19/07/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: diez dias

DESTINATARIOS

Concurso de la empresa Natural Crunch S.L

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

1.- Que en el procedimiento concursal número 39/2023 referente al deudor NATURAL CRUNCH SL con CIF B04711495, se ha presentado el informe provisional por la Administración Concursal con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores, regulado en los artículos 290 y siguientes del TRLC y mediante diligencia de ordenación de fecha 19/07/23 se ha acordado:

- Remitir el informe de la administración concursal, por medios electrónicos junto con los documentos anejos al Registro público concursal.

- Advertir a las partes personadas en el concurso de acreedores que podrán impugnar el inventario y la lista de acreedores, dentro del plazo de DIEZ DIAS, a contar desde la inserción de estos documentos en el Registro público concursal, (artículo 297 del Texto Refundido de la Ley Concursal).

- Que quienes no impugnaren en tiempo y forma el inventario o la lista de acreedores acompañados al informe de la administración concursal no podrán plantear pretensiones de modificación del contenido de estos documentos, aunque podrán recurrir en apelación las modificaciones introducidas por el juez al resolver las impugnaciones de otros legitimados, conforme al artículo 299 del Texto Refundido de la Ley Concursal.

- Conceder el trámite de audiencia o informe a la administración concursal por DIEZ DIAS Naturales previsto en el artículo 415 del TRLC ante la posibilidad de establecer normas especiales de liquidación, sin perjuicio de que pueda presentarse propuesta de convenio en tiempo y forma.

- Advertir al concursado y a los acreedores legitimados que no podrán presentar propuesta de convenio una vez transcurridos QUINCE DIAS, desde la presentación del informe de la administración concursal.

Almería, 1 de septiembre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, DAVID PEREZ MARTINEZ

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