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Documento BOE-J-2023-3492

SEGOVIA. Edicto de 9 de enero de 2023 en procedimiento concursal número 392/2021.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 10, de 12 de enero de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - SEGOVIA
Referencia:
BOE-J-2023-3492

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Segovia

Dirección: Calle SAN AGUSTIN 28

Localidad: Segovia

Código Postal: 40001

Provincia: Segovia

Teléfono: 921463257

Correo electrónico: mixto2.segovia@justicia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 392/2021

NIG: 4019441120210001626

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 21/12/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Concurso de acreedores de Comercial Vicente Velasco

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Acuerdo:1.- Declarar finalizada la fase común del presente procedimiento concursal del deudorCOMERCIAL VICENTE VELASCO SL. Con CIF B40155897..- Abrir la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio deesta resolución.3.- Se declara la disolución de la concursada COMERCIAL VICENTE VELASCO SL y el cese delos Administradores, que serán sustituidos a todos los efectos por la administración concursal, sinperjuicio de continuar en representación de la concursada en el presente procedimiento y en losincidentes en que sea parte ésta.5.- Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán, en el Boletín Oficial delEstado y en el Registro Público Concursal6.- Inscribir en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose losoportunos mandamientos.7.- Requerir a la administración concursal para que, en el plazo de DIEZ DÍAS computados desde lanotificación de esta resolución, presente un INFORME sobre la necesidad o no de establecer reglasespeciales de liquidación conforme a lo dispuesto en el artículo 415 del TRLC.8.- El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero deaquellos que consistan en otras prestaciones.”DEBE DECIR:PARTE DISPOSITIVAAcuerdo:1.- Declarar finalizada la fase común del presente procedimiento concursal del deudorCOMERCIAL VICENTE VELASCO SL. Con CIF B40155897.2.- Abrir la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio deesta resolución.3.- Se declara la disolución de la concursada COMERCIAL VICENTE VELASCO SL y el cesede los Administradores, que serán sustituidos a todos los efectos por la administración concursal, sinperjuicio de continuar en representación de la concursada en el presente procedimiento y en losincidentes en que sea parte ésta.5.- Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán, en el Boletín Oficial delEstado y en el Registro Público Concursal6.- Inscribir en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose losoportunos mandamientos.7.- Requerir a la administración concursal para que, en el plazo de DIEZ DÍAS computados desde lanotificación de esta resolución, presente un INFORME sobre la necesidad o no de establecer reglasespeciales de liquidación conforme a lo dispuesto en el artículo 415 del TRLC.8.- El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero deaquellos que consistan en otras prestaciones.9.- La apertura de la sección sexta de calificación, encabezándose con testimonio de la presenteresolución (Art. 446 TRLC)10.- El primer informe trimestral de liquidación tras la aprobación del presente plan de liquidaciónserá presentado por la administración concursal en este Juzgado en los tres meses siguientes al dictadode la presente resolución (art. 424 LC).

Segovia, 9 de enero de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, LUIS MARIA GARCIA AGUADO

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