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Documento BOE-J-2023-340833

VALÈNCIA. Edicto de 3 de agosto de 2023 en procedimiento concursal número 597/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 188, de 8 de agosto de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - VALENCIA/VALÈNCIA
Referencia:
BOE-J-2023-340833

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Valencia

Dirección: Plaza PLAZA DEL TURNO DE OFICIO 1

Localidad: València

Código Postal: 46013

Provincia: Valencia/València

Teléfono: 961929039

Correo electrónico: vamerca03_val@gva.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 597/2023

NIG: 4625066120230003047

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 28/07/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Concurso de acreedores de Daniel Lucio Andreu Martínez (NIF 20835658G)

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Parte dispositiva de la resolución:

Que debo acordar y acuerdo DECLARAR EN ESTADO DE CONCURSO VOLUNTARIO a DANIEL LUCIO ANDREU MARTINEZ, cuyos datos son:NIF 20835658Gy con domicilio en Calle Francesc Ribalta,17 Algemesí (Valencia). Procédase a la publicación del auto declarando el concurso de acreedores, poniendo de manifiesto que el pasivo concursal asciende a la cantidad aproximada de 188.270,72 euros, ordenando la remisión telemática al BOE para su publicación en el suplemento del tablón edicto judicial único y la publicación en el registro público concursal, con llamamiento al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el 5% del pasivo a fin de que, en el plazo de 15 días a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de administrador concursal a los efectos del artículo 37 ter TRLC.Expirado el plazo de alegaciones previsto en el art. 37 ter TRLC sin haberse recibido ninguna, la solicitante podrá interesar la concesión de exoneración del pasivo insatisfecho.Fórmese la Sección 1ª del concurso, que se encabezará con la solicitud del deudor.Notifíquese esta resolución al deudor y, en su caso, a la representación legal de los trabajadores, AEAT, TGSS y Fogasa.Sin recurso, ex art. 12 TRLC.

URL a la web del Registro público concursal: https://www.publicidadconcursal.es/registro-publico-concursal

València, 3 de agosto de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOSE VICTOR SANZ GORDON

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