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Documento BOE-J-2023-340829

VALÈNCIA. Edicto de 3 de agosto de 2023 en procedimiento concursal número 559/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 188, de 8 de agosto de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - VALENCIA/VALÈNCIA
Referencia:
BOE-J-2023-340829

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Valencia

Dirección: Plaza PLAZA DEL TURNO DE OFICIO 1

Localidad: València

Código Postal: 46013

Provincia: Valencia/València

Teléfono: 961929039

Correo electrónico: vamerca03_val@gva.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 559/2023

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 31/07/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Concurso de acreedores de COSBI STEEL TRADERS SL

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Parte dispositiva del auto de declaración de concurso:

Que debo acordar y acuerdo DECLARAR EN ESTADO DE CONCURSO VOLUNTARIO a la entidad COSBI STEEL TRADERS SL, CUYOS DATOS SON:CIF B98728058,inscrita en el Registro Mercantil de Valencia, Hoja V-165019, Tomo 9953, Folio 125y con domicilio social en Valencia, c/ Salamanca, 27-9, C.P. 46005.Procédase a la publicación del auto declarando el concurso de acreedores, poniendo de manifiesto que el pasivo concursal asciende a la cantidad de 234132,37 euros, ordenando la remisión telemática al BOE para su publicación en el suplemento del tablón edicto judicial único y la publicación en el registro público concursal, con llamamiento al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el 5% del pasivo a fin de que, en el plazo de 15 días a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de administrador concursal a los efectos del artículo 37 ter TRLC.Expídase por el Sr. Letrado de la Administración de Justicia, mandamiento por duplicado al Registro Mercantil en el que figure inscrita la sociedad, al que se adjuntará testimonio de esta resolución, para que proceda a la inscripción de la declaración del concurso.Expirado el plazo de alegaciones previsto en el art. 37 ter TRLC sin haberse recibido ninguna, pronúnciese auto de conclusión de concurso, con extinción y disolución de la solicitante, adoptándose los remedios de publicidad generalmente previstos en los arts. 35-37 TRLC.Fórmese la Sección 1ª del concurso, que se encabezará con la solicitud del deudor.Notifíquese esta resolución al deudor y, en su caso, a la representación legal de los trabajadores, AEAT, TGSS y Fogasa.Sin recurso, ex art. 12 TRLC.Así lo acuerda, manda y firma. Doy fe

Enlace al Registro Público Concursal: https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/

València, 3 de agosto de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOSE VICTOR SANZ GORDON

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