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Documento BOE-J-2023-338064

GRANADA. Edicto de 31 de julio de 2023 en procedimiento civil número 250/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 184, de 3 de agosto de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - GRANADA
Referencia:
BOE-J-2023-338064

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Granada

Dirección: Plaza NUEVA 8

Localidad: Granada

Código Postal: 18009

Provincia: Granada

Teléfono: 958562033

Correo electrónico: AtPublico.JInstancia.2.Granada.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 250/2022

NIG: 1808742120220004028

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 28/07/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

CARMEN PERIS DEL SOL - NIF/NIE: ***2463**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 2 DE GRANADA

Plaza Nueva nº 8 - C.P. 18071

Tlf.: TRAMITE 600156459/73 EJECUCIÓN 600156487. Fax: 958.02.64.13

Email: jinstancia.2.granada.jus@juntadeandalucia.es

NIG: 1808742120220004028

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 250/2022. Negociado: ML

Sobre: Obligaciones: otras cuestiones

De: D/ña. AUDAX RENOVABLES SA

Procurador/a Sr./a.: ISABEL AGUAYO LOPEZ

Letrado/a Sr./a.: JESUS ANDRES PERALTA LOPEZ

Contra D/ña.: CARMEN PERIS DEL SOL

Procurador/a Sr./a.:

Letrado/a Sr./a.:

DILIGENCIA DE ORDENACION DEL LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA SR/A.D/Dª GABRIEL GONZÁLEZ GONZÁLEZ

En Granada, a veintisiete de julio de dos mil veintitrés.

De la tasación de costas practicada en estos autos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 244 de la L.E.C., dése traslado a las partes por plazo común de DIEZ DÍAS, con la advertencia de que ya no se admitirá la inclusión o adición de partida alguna, reservando a los interesados su derecho para reclamarlo de quien y como corresponda.

Dentro del plazo señalado, puede impugnarse la tasación practicada:

Por la parte condenada, basada en la inclusión de partidas, derechos o gastos indebidos, pero en cuanto a los honorarios de los abogados, peritos o profesionales no sujetos a arancel, también podrá impugnarse la tasación alegando que el importe de dichos honorarios es excesivo ( artículo 245.2 de la L.E.C.).

La parte favorecida, podrá impugnar la tasación por no haberse incluido gastos que estime debidamente justificados y reclamados. También podrá fundar su reclamación en no haberse incluido la totalidad de la minuta de honorarios de su abogado, o de perito, profesional o funcionario no sujeto a arancel o no haberse incluido correctamente los derechos de su procurador ( artículo 245.3 de la L.E.C.).

En todo caso, en el escrito de impugnación habrán de mencionarse las cuentas o minutas y las partidas concretas a que se refiera la discrepancia y las razones de ésta. En otro caso, no se admitirá a trámite la impugnación ( artículo 245.4 de la L.E.C.).

MODO DE IMPUGNACIÓN: Recurso de reposición en el plazo de cinco días, desde su notificación, ante el/la Letrado/a de la Administración de Justicia que la dicta.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA,

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 2 DE GRANADA

Plaza Nueva nº 8 - C.P. 18071

Tlf.: TRAMITE 600156459/73 EJECUCIÓN 600156487. Fax: 958.02.64.13

Email: jinstancia.2.granada.jus@juntadeandalucia.es

NIG: 1808742120220004028

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 250/2022. Negociado: ML

Sobre: Obligaciones: otras cuestiones

De: D/ña. AUDAX RENOVABLES SA

Procurador/a Sr./a.: ISABEL AGUAYO LOPEZ

Letrado/a Sr./a.: JESUS ANDRES PERALTA LOPEZ

Contra D/ña.: CARMEN PERIS DEL SOL

Procurador/a Sr./a.:

Letrado/a Sr./a.:

TASACIÓN DE COSTAS

Tasación de costas que practica el Letrado de la Administración de Justicia, GABRIEL GONZÁLEZ GONZÁLEZ, del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 2 DE GRANADA, en el procedimiento Juicio Verbal (250.2) 250/2022, seguido a instancia de AUDAX RENOVABLES SA, frente a CARMEN PERIS DEL SOL,

HONORARIOS DE ABOGADO:

JESUS ANDRES PERALTA LOPEZ........................... 124,03

IVA 21%........................................................................ 26,05

----------------------------------------------------------------- 150,08

DERECHOS DE PROCURADOR:

ISABEL AGUAYO LOPEZ.................................................. 64,72

IVA 21%................................................................................. 13,59

------------------------------------------------------------------------ 78,31

La presente tasación de costas asciende a la cantidad de, 228,39 EUROS

En Granada, a nueve de junio de dos mil veintitrés.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA,

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."

Granada, 31 de julio de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, GABRIEL GONZALEZ GONZALEZ

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