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Documento BOE-J-2023-332113

VIC. Edicto de 26 de julio de 2023 en procedimiento civil número 167/2020.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 181, de 31 de julio de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - BARCELONA
Referencia:
BOE-J-2023-332113

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Vic

Dirección: Calle Doctor Junyent 2

Localidad: Vic

Código Postal: 08500

Provincia: Barcelona

Teléfono: 938834542

Correo electrónico: mixt2.vic@xij.gencat.cat

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 167/2020

NIG: 0829842120208198886

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 23/02/2021

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 10 días para oposición

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 23/02/2021

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 5 para recurso

DESTINATARIOS

FABREGO BASAGAÑA, JORDI - NIF/NIE: 33954179S

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Auto:

Dicto la orden general de ejecución y despacho de la misma a instancia de ..., en nombre y representación de ..., parte ejecutante, contra ..., (el notificado por edicto), parte ejecutada.

Despacho la ejecución por la cantidad de 36.817,43 € por todos los conceptos. Estacantidad se incrementa en 11.045,22 €, para asegurar el pago de los intereses que puedan devengarse durante la ejecución y el pago de las costas de ésta, sin perjuiciode ulterior liquidación.

Notifíquese esta resolución y el posterior decreto que, en su caso, dicte el Letrado de la Administración de Justicia en la forma prevista en el artículo 553 LEC, junto con entrega de una copia de la demanda ejecutiva, a la parte ejecutada o, en su caso, al Procurador que le represente, sin citación ni emplazamiento para que, sin perjuicio de oponerse a la ejecución si le conviene, pueda personarse en la ejecución en cualquier momento, y se entenderán con ella, en tal caso, las ulteriores actuaciones.

La comparecencia debe efectuarla por medio de procurador y asistido de letrado.

Decreto:

Requiero a la parte ejecutada para que pague la cantidad de 36.817,43 € en conceptode principal y, si no paga en el acto, se le embargarán sus bienes en cantidad suficientepara responder de dicha cantidad y 11.045,22 € calculada para intereses y costas deésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Vic, 26 de julio de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MIGUEL ENCISO IGLESIAS

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