Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Inca
Dirección: Calle PURESA 72
Localidad: Inca
Código Postal: 07300
Provincia: Illes Balears
Teléfono: 971500579
Correo electrónico: instancia2.inca@justicia.es
Civil
Número: 229/2022
NIG: 0702742120210004809
Diligencia
Fecha: 02/03/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: 10 días
MIGUEL MOREY GELABERT - NIF/NIE: ***9609**
CONSTRUCCIONS VENTS DE MITJORN S.L - NIF/NIE: ****4157*
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
Practicada en estos autos la tasación de costas, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 244 de la L.E.C., acuerdo:
1.- Dar traslado a las partes por plazo común de DIEZ DÍAS, con la advertencia de que ya no se admitirá la inclusión o adición de partida alguna, reservando a los interesados su derecho para reclamarlo de quien y como corresponda.
2.- Informar a las partes de que dentro del plazo señalado, puede impugnarse la tasación practicada, con las advertencias siguientes:
1ª) Por la parte condenada, basada en la inclusión de partidas, derechos o gastos indebidos, pero en cuanto a los honorarios de los abogados, peritos o profesionales no sujetos a arancel, también podrá impugnarse la tasación alegando que el importe de dichos honorarios es excesivo (artículo 245.2 de la L.E.C.).
2ª) La parte favorecida, podrá impugnar la tasación por no haberse incluido gastos que estime debidamente justificados y reclamados. También podrá fundar su reclamación en no haberse incluido la totalidad de la minuta de honorarios de su abogado, o de perito, profesional o funcionario no sujeto a arancel o no haberse incluido correctamente los derechos de su procurador (artículo 245.3 de la L.E.C.).
3ª) En todo caso, en el escrito de impugnación habrán de mencionarse las cuentas o minutas y las partidas concretas a que se refiera la discrepancia y las razones de ésta. En otro caso, no se admitirá a trámite la impugnación (artículo 245.4 de la L.E.C.).
3.- Respecto de la propuesta de liquidación de intereses por importe de 69,68 euros, dese traslado en igual forma por 10 días a la parte ejecutada, haciéndole saber que, se entenderá que el deudor presta su conformidad a la liquidación si deja pasar dicho plazo o se limita a negar genéricamente sin concretar los puntos en que discrepa, conforme a lo dispuesto en el Art. 714.2 LEC, procediéndose a su aprobación por el Letrado de la Administración de Justicia. Así mismo y para el caso que dentro del plazo legal, el ejecutado se opusiera motivadamente a la petición del actor, se resolvería por el Tribunal por los trámites establecidos para los juicios verbales, regulados en los artículos 441 LEC y siguientes.
Inca, 21 de julio de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA ROSA PEREZ SUSAVILA
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid