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Documento BOE-J-2023-326645

JAÉN. Edicto de 24 de julio de 2023 en procedimiento civil número 66/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 178, de 27 de julio de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - JAÉN
Referencia:
BOE-J-2023-326645

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Jaén

Dirección: Calle ARQUITECTO BERGES 16

Localidad: Jaén

Código Postal: 23007

Provincia: Jaén

Correo electrónico: jinstanciamerca.4.jaen.jus@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 66/2023

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 27/02/2023

Objeto de la publicación edictal:

Requerimiento. Plazo: 10 DIAS

DESTINATARIOS

FRANCISCO ALCAZAR PANCORBO - NIF/NIE: ***2743**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte Demandado: FRANCISCO ALCAZAR PANCORBO, por diligencia de ordenación de 13/07/2023, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), se ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón edictal único para llevar a efecto la diligencia de notificación y requerimiento de pago, conforme al tenor literal siguiente:

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

Letrado de la Administración de Justicia: D. Manuel Gabriel Blanca Buendia

En Jaén, a veintisiete de febrero de dos mil veintitrés.

1.- Con el precedente escrito de la procuradora LOURDES ROMERA GUTIERREZ, al que acompaña la cuenta de los derechos y suplidos que afirma le adeuda su representado, incoése el correspondiente procedimiento, y llevése nota a los autos principales.

2.- Se admite la cuenta presentada.

3.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 34.2, párrafo Primero de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC), requiérase a FRANCISCO ALCAZAR PANCORBO, para que en el plazo de diez días pague la cantidad reclamada de 1.122,33 euros, o impugne la cuenta por ser indebida, en cuyo caso deberá exponer los motivos que tuviere para impugnarla y aportar, en su caso, los documentos que tuviere a su disposición.

Apercíbase a la persona requerida de que si en dicho plazo no paga ni impugna la cuenta, se procederá contra sus bienes por la vía de apremio, despachándose ejecución por la cantidad a que asciende la cuenta.

A tal efecto, líbrese exhorto al JUZGADO DE PAZ DE MENGIBAR.

Notifíquese esta resolución.

MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de REPOSICIÓN ante el Letrado de la Administración de Justicia, mediante escrito presentado en la Oficina judicial en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación, expresando la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá la impugnación (artículos 451 y 452 de la LEC).

La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 451.3 de la LEC).

Lo acuerdo y firmo.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Y como consecuencia del ignorado paradero de FRANCISCO ALCAZAR PANCORBO, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación y requerimiento en forma.

En Jaén, en el día de la firma.

Jaén, 24 de julio de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MANUEL GABRIEL BLANCA BUENDIA

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