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Documento BOE-J-2023-326642

GRANADA. Edicto de 24 de julio de 2023 en procedimiento civil número 651/2019.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 178, de 27 de julio de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - GRANADA
Referencia:
BOE-J-2023-326642

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Granada

Dirección: Avenida DEL SUR 3

Localidad: Granada

Código Postal: 18014

Provincia: Granada

Teléfono: 958058997

Correo electrónico: AtPublico.JMercantil.1.Granada.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 651/2019

NIG: 1808742120190020390

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 30/09/2019

Objeto de la publicación edictal:

Emplazamiento

DESTINATARIOS

GRUPO HINIA SL - NIF/NIE: ****2269*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:- Por el Abogado del Estado en nombre y representación de SDAD. ESTATAL CORREOS Y TELÉGRAFOS se ha presentado demanda de juicio verbal sobre TRANSPORTES, señalando como parte demandada a GRUPO HINIA, S.L..SEGUNDO.-Expresa el actor que la cuantía de la demanda es de 2462,43€.FUNDAMENTOS DE DERECHOPRIMERO.- Examinada la anterior demanda, se estima, a la vista de los datos y documentos aportados que la parte demandante reúne los requisitos de capacidad, representación y postulación procesal, necesarios para comparecer en juicio, conforme a lo determinado en los artículos 6, 7, 23 y 31 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil.SEGUNDO.- Así mismo, vistas las pretensiones formuladas en la demanda, este tribunal tiene jurisdicción y competencia objetiva para conocer de las mismas, según los artículos 36 y 45 de la misma ley procesal.Este tribunal es competente territorialmente por aplicación del artículo 52 de la l.e.c.En atención a la cuantía de la demanda y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 253 de la L.E.C., procede sustanciar el proceso por los trámites del juicio verbal.TERCERO.- Por lo expuesto, procede la admisión a trámite de la demanda y, como ordena el artículo 438.1 de la L.E.C., dar traslado de la misma a la/s parte/s demandada/s, a quien se emplazará, con los apercibimientos y advertencias legales, para que la conteste por escrito y se pronuncie sobre la pertinencia de celebrar vista en el plazo de diez días.PARTE DISPOSITIVASE ADMITE A TRÁMITE LA DEMANDA presentada por el Abogado del Estado en nombre y representación de SDAD. ESTATAL CORREOS Y TELÉGRAFOS frente a GRUPO HINIA, S.L., sobre TRANSPORTES que se sustanciará por las reglas del juicio verbal.EMPLÁCESE A LA PARTE DEMANDADA con traslado de la demanda y documentación acompañada para que la conteste y se pronuncie sobre la pertinencia de celebrar vista en el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, computado desde el siguiente al emplazamiento con las siguientes prevenciones legales:- Apercibir a la parte demandada que si no comparece dentro del plazo indicado, se le declarará en situación de rebeldía procesal y no se le notificarán más resoluciones que la que declare la rebeldía y la que ponga fin al proceso (artículos 496.1 y 497.1 LEC).- Advertir a la parte demandada que la comparecencia en juicio debe realizarse por medio de abogado y procurador siempre que la cantidad reclamada supere los 2.000 euros (art. 23 y 31 de la LEC). Si pretende valerse de estos profesionales, deberá comunicarlo a esta Oficina Judicial en el plazo de TRES DÍAS desde que se le notifique la demanda.- Advertir a la parte demandada que si carece de recursos económicos, puede solicitar el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita en el mismo plazo de tres días- Que están a su disposición en la Oficina Judicial impresos normalizados que puede emplear para contestar a la demanda.Se informa a las partes de que pueden recurrir a una negociación para intentar solucionar el conflicto, incluido el recurso a una mediación, pudiendo interesar la suspensión del procedimiento a tal fin.Contra esta resolución cabe RECURSO de reposición ante este Letrado/a de la Administración de Justicia conforme al artículo 452 de la L.E.C. en el plazo de CINCO DIAS.Lo acuerdo y firmo, doy fe.EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Granada, 24 de julio de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, PIEDAD LLOR MADRID

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