Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Valencia
Dirección: Plaza PLAZA DEL TURNO DE OFICIO 1
Localidad: València
Código Postal: 46013
Provincia: Valencia/València
Teléfono: 961929039
Correo electrónico: vamerca03_val@gva.es
Concursal
Número: 202/2023
NIG: 4625066120230000993
Auto
Fecha: 20/07/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Acreedores de " Bouchra Dahabi al Makrini y Mimoun Laghmari el Haftallaoui con NIF 24505024L y 55432224Q"
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
Que debo acordar y acuerdo DECLARAR EN ESTADO DE CONCURSO VOLUNTARIO a BOUCHRA DAHABI AL MAKRINI Y MIMOUN LAGHMARI EL HAFTALLAOUI, cuyos datos son: NIF 24505024L Y 55432224QY domicilio: C/ La Torre nº 9 Pta 1 La Pobla de Vallbona ( Valencia)Procédase a la publicación del auto declarando el concurso de acreedores, poniendo de manifiesto que el pasivo concursal asciende a la cantidad aproximada de 76.535'85 euros, ordenando la remisión telemática al BOE para su publicación en el suplemento del tablón edicto judicial único y la publicación en el registro público concursal, con llamamiento al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el 5% del pasivo a fin de que, en el plazo de 15 días a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de administrador concursal a los efectos del artículo 37 ter TRLC.Expídase por el Sr. Letrado de la Administración de Justicia, mandamiento por duplicado al Registro Civil en el que figure inscrita el solicitante, al que se adjuntará testimonio de esta resolución, para que proceda a la inscripción de la declaración del concurso.Expirado el plazo de alegaciones previsto en el art. 37 ter TRLC sin haberse recibido ninguna, la solicitante podrá interesar la concesión de exoneración del pasivo insatisfecho.Fórmese la Sección 1ª del concurso, que se encabezará con la solicitud del deudor.Notifíquese esta resolución al deudor y, en su caso, a la representación legal de los trabajadores, AEAT, TGSS y Fogasa.Sin recurso, ex art. 12 TRLC.Así lo acuerda, manda y firma. Doy fe.
URL del Registro Público Concursal https://www.publicidadconcursal.es/
València, 24 de julio de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOSE VICTOR SANZ GORDON
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