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Documento BOE-J-2023-325513

PALMA. Edicto de 24 de julio de 2023 en procedimiento concursal número 500/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 178, de 27 de julio de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ILLES BALEARS
Referencia:
BOE-J-2023-325513

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Palma

Dirección: Calle BALLESTER 20

Localidad: Palma

Código Postal: 07002

Provincia: Illes Balears

Teléfono: 971219390

Correo electrónico: mercantil3.palmademallorca@justicia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 500/2022

NIG: 0704047120220001494

RESOLUCIÓN PROCESAL

Providencia

Fecha: 12/07/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 10 días

DESTINATARIOS

Informe Provisional de Gestión de la Documentación en Obra S.L.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.justicia.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

E D I C T O

Dª. SONIA MONTES RUIZ Letrada de la Administración de Justicia Judicial de JDO. DE LOMERCANTIL N. 3 de PALMA DE MALLORCA, ANUNCIA:

1.- Que en la SECCION I DECLARACION CONCURSO 0000500 /2022, referente al deudorGESTION DE LA DOCUMENTACION EN OBRA SL se ha presentado el informe de laAdministración Concursal, al que se refiere el Título VI del Libro I del TRLC, junto con elinventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, asícomo obtener copias, a su costa.

2.- Dentro del plazo de DIEZ DÍAS, computado desde la última de las publicaciones de esteedicto que se publicará en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de esteórgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes yderechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órganojudicial.

3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 511 del TRLC).

Palma, 24 de julio de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, SONIA MONTES RUIZ

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