Juzgado de lo Mercantil Nº 10 de Barcelona
Dirección: Avenida DE LES CORTS CATALANES (edificio C) 111
Localidad: Barcelona
Código Postal: 08075
Provincia: Barcelona
Teléfono: 935549760
Concursal
Número: 960/2014
Auto
Fecha: 18/07/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
En el Concurso abreviado 960/2014 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de Juan Carlos Ramos Arenas, con NIF 52210083Z y cuya Parte Dispositiva dice textualmente entre otros pronunciamientos:
ACUERDO:
Primero.- Reconocer a Juan Carlos Ramos Arenas con NIF 52210083Z el beneficio de la exoneración definitiva, exoneración que alcanza a todo el pasivo no satisfecho con la masa activa correspondiente con los créditos ordinarios y subordinados reconocidos y los no reconocidos que, con esta naturaleza, fueran anteriores a la declaración de concurso.
El pasivo no satisfecho al que alcanza la exoneración se desglosa del modo siguiente:
Acreedor
Clasificación
Importe
AEAT
Ordinario
3.498,48 €
Subordinado
2.193,30 €
BANCO SANTANDER
Ordinario
47.062,76 €
CITI VISA CEPSA (BPE)
Ordinario
3.447,94 €
Subordinado
1.082,08 €
CAIXABANK
Ordinario
13.959,44 €
Subordinado
1.911,50 €
NOVACAIXA GALICIA
Ordinario
18.325,13 €
SANTANDER CONSUMER
Ordinario
3.655,61 €
Subordinado
7,36 €
UCI
Ordinario
36.625,67 €
La exoneración se extiende a los créditos ordinarios y subordinados no recogidos en este auto que sean anteriores a la declaración de concurso.
La exoneración supone la extinción de los créditos a los que alcanza la declaración, que podrán invocar el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho obtenido por el concursado, salvo que se revocase la exoneración concedida.
Segundo.- La CONCLUSION del concurso, cesando respecto de los mismos todos los efectos de la declaración del concurso, una vez sea firme la presente resolución.
Tercero.- El cese en su cargo el administrador concursal, aprobándose las cuentas formuladas.
Contra este auto puede interponerse recurso de reposición en el plazo de 5 días a contar desde su notificación.
Barcelona, 24 de julio de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA JOSE HOMPANERA GONZALEZ
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