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Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Córdoba
Dirección: Calle ISLA MALLORCA S/N
Localidad: Córdoba
Código Postal: 14011
Provincia: Córdoba
Teléfono: 957745095
Correo electrónico: AtPublico.JInstancia.2.Cordoba.JUS@juntadeandalucia.es
Civil
Número: 86/2022
NIG: 1402142120210014946
Diligencia
Fecha: 18/07/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: 10 dias
ANTONIO JOSÉ SERRANO BARRILERO - NIF/NIE: ***8005**
MARIA MAGDALENA JIMÉNEZ DEL RIO - NIF/NIE: ***9009**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sede.justicia.juntadeandalucia.es/).
EDICTO
TASACION DE COSTAS QUE PRACTICA D./DÑA. JESUS MARIA TORRES GARCIA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE 1ª INSTANCIA 2 EN EL PROCEDIMIENTO Ejecución de títulos judiciales 86/2022.
ABOGADO D./DÑA. ALEJANDRA ROMERO ALONSO
HONORARIOS 221,00 €
IVA 21% 46,41 €
TOTAL HONORARIOS 267,46 €
PROCURADOR D./DÑA. SILVIA MALAGÓN LOYO :
DERECHOS:
Artículo 26 (Juicio ejecutivo) 66,11 €
Artículo 26.2 (Vía de apremio) 33,06 €
Artículo 24.3 (Averiguación patrimonial) 30,00 €
Artículo 5.4 (Liquidación de intereses) 22,29 €
TOTAL DERECHOS 151,46 €
IVA 21% 31,80 €
TOTAL DERECHOS+IVA 183,26 €
PARTIDAS EXCLUIDAS Y/O REDUCIDAS:
- Se excluye la solicitud de la tasación de costas conforme al art. 5 del arancel. Es esta una cuestión ciertamente discutida y poco pacífica al respecto. El TS tiene jurisprudencia muy variada sobre esta materia. Lo cierto es que aunque es práctica jurídica incluirla, las resoluciones más recientes del TS parecen decantarse por la exclusión de la misma, así lo establece de manera clarificadora el Auto de la Sala 1ª de 15/04/2011 en la resolución del recurso 53/09:
"Esta Sala no ha venido manteniendo respecto del tema objeto de controversia un criterio pacífico, pues, en tanto unas resoluciones (entre las más recientes AA de 1 de junio de 2.010, Rec. 635/2006; 22 de junio de 2.010, Rec. 1522/2007; 2 de marzo de 2.011, Rec. 1377/2007) admiten la inclusión en la tasación de costas como derecho del Procurador la partida relativa a solicitud de la tasación (art. 5.1 del Arancel aprobado por RD 1373/2003, de 7 de noviembre ) con base en que "la solicitud efectivamente se ha realizado por lo que procede su pago", sin embargo el criterio tradicional de la doctrina de esta Sala es contrario, toda vez que, como expone el A. de 28 de enero de 2.010, Rec. 1178 de 2.004, "en puridad no es una partida perteneciente a las costas causadas en el recurso de casación, es decir, aquellas impuestas en la correspondiente sentencia y para cobrar cuyo importe se ha interesado la tasación".
La contradicción existente debe resolverse en el sentido de que no procede la inclusión, porque dicha partida no forma parte de los conceptos del título del derecho de crédito de costas -resolución que condena al pago de las mismas-, pues se devenga con posterioridad, por lo que no corresponde pagarla a quien no ha sido condenado al respecto, todo ello sin perjuicio de que por corresponder al incidente de tasación puedan ser incluidas en las costas del mismo cuando la resolución que lo resuelve condena a su pago a la otra parte". -
TOTAL TASACIÓN DE COSTAS (s.e.u.o.): 450,72 €
Importa la presente Tasación de Costas (s.e.v.o.) la cantidad de CUATROCIENTOS CINCUENTA EUROS CON SETENTA Y DOS CÉNTIMOS DE EURO.
En Córdoba a 18 de marzo de dos mil veintidós.
EL LETRADO DE LA ADMON. DE JUSTICIA
En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte Demandado: MARIA MAGDALENA JIMENEZ DEL RIO y Demandado: ANTONIO JOSE SERRANO BARRILERO, por Diligencia de Ordenación de 18/07/2023, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios de la oficina judicial para llevar a efecto la diligencia de notificación.
En Córdoba, en el día de la firma.
EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Córdoba, 19 de julio de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JESUS MARIA TORRES GARCIA
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid