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Documento BOE-J-2023-315100

POSADAS. Edicto de 17 de julio de 2023 en procedimiento civil número 605/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 172, de 20 de julio de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - CÓRDOBA
Referencia:
BOE-J-2023-315100

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 3 de Posadas

Dirección: Calle PINTOR PABLO PICASO S/N

Localidad: Posadas

Código Postal: 14730

Provincia: Córdoba

Teléfono: 957115068

Correo electrónico: JMixto.3.Posadas.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 605/2023

NIG: 1405342120230001837

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 17/07/2023

Objeto de la publicación edictal:

Citación. Plazo: 10

DESTINATARIOS

FNF - NIF/NIE: ****0650*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

DILIGENCIA DE ORDENACION.En POSADAS, a doce de julio de dos mil veintitrés. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 773.3 y 4 de la L.E.C., acuerdo: 1.- Formar la presente pieza separada con el anterior testimonio. 2.- Convocar a los cónyuges y al Ministerio Fiscal, para que comparezcan en la sala de audiencia de este tribunal el próximo día 28 de septiembre de 2023 a las 12:30 horas, para la sustanciación de las medidas provisionales solicitadas. En el acto de la comparecencia, si no hubiere acuerdo de los cónyuges sobre las medidas a adoptar, o en caso de acuerdo, oído en su caso al Ministerio Fiscal, no fuera aprobado en todo o en parte, se oirán las alegaciones de los concurrentes y se practicará la prueba que propongan, que no sea inútil o impertinente, así como la que el tribunal pueda acordar de oficio. En la diligencia de citación a los cónyuges se les informará del objeto de la comparecencia y se les advertirá:1) Que deben acudir asistidos de abogado y representados por procurador.2) Que deben acudir con las pruebas de que intenten valerse.3) Que, a tal efecto, en el plazo de tres días siguientes a la citación deben indicar las personas, que por no poder presentarlas ellas mismas, deben ser citadas por el tribunal para que declaren como partes o como testigos, facilitando los datos y circunstancias precisas para su citación.4) Que si pretende recabar el informe de especialistas, al que se refiere el artículo 92 del Código Civil, debe solicitarlo igualmente dentro de los tres días siguientes a la recepción de la citación.5) Que la falta de asistencia sin causa justificada de alguno de los cónyuges puede determinar que se consideren admitidos los hechos alegados por el cónyuge que asista para fundamentar sus peticiones de medidas provisionales de carácter patrimonial.La vista señalada se celebrará sin la presencia del Sr Letrado de la Administración de Justicia, pudiendo las partes solicitar al menos dos días antes de la celebración de la vista la presencia del mismo en la sala, de conformidad con lo establecido en el artículo 147 de la L.E.C.

Y como consecuencia del ignorado paradero de F.N.F., se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Posadas, 17 de julio de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MIGUEL ANGEL PAREJA PAREJA

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