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Documento BOE-J-2023-311834

MÓSTOLES. Edicto de 13 de julio de 2023 en procedimiento civil número 35/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 170, de 18 de julio de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - MADRID
Referencia:
BOE-J-2023-311834

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Móstoles

Dirección: Calle LUÍS JIMÉNEZ DE ASÚA S/N

Localidad: Móstoles

Código Postal: 28931

Provincia: Madrid

Teléfono: 916647308

Correo electrónico: instancia4_mostoles@madrid.org

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 35/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Sentencia

Fecha: 12/06/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

JUAN PABLO CHAVERRA LÓPEZ - NIF/NIE: ***2650**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Juicio Verbal 35/2022 entre GLOBAL KAPITAL GROUP SPAIN, S.L., y D. JUAN PABLO CHAVERRA LÓPEZ, en reclamación de cantidad, en cuyos autos se ha dictado Sentencia de 12 de junio de 2023, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:

«Que estimando parcialmente la demanda formulada por la representación de GLOBAL KAPITAL GROUP SPAIN S.L., debo condenar y condeno a D. JUAN PABLO CHAVERRA LÓPEZ a que abone a la actora la suma de 300 euros, más los intereses legales del artículo 576 de la LEC; sin hacer expresa imposición de las costas procesales.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que CONTRA LA MISMA NO CABE INTERPONER RECURSO ALGUNO, todo ello al amparo de lo establecido en el artículo 455.1 LEC, en su nueva redacción dada por la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal –“las sentencias dictadas en toda clase de juicio, los autos definitivos y aquéllos otros que la ley expresamente señale, serán apelables, con excepción de las sentencias dictadas en los juicios verbales por razón de la cuantía cuando ésta no supere los 3.000 euros”-.

Así por esta mi sentencia, juzgando en primera Instancia lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación a D. JUAN PABLO CHAVERRA LÓPEZ expido y firmo el presente.

Móstoles, 13 de julio de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ALEJANDRO TOFIÑO PADRINO

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