Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Pamplona
Dirección: Plaza JUEZ ELIO 1
Localidad: Pamplona/Iruña
Código Postal: 31011
Provincia: Navarra
Correo electrónico: juzmerca@navarra.es
Concursal
Número: 557/2022
NIG: 3120147120220000515
Auto
Fecha: 03/07/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Todos los acreedores y demás personas interesadas en el concurso
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
E D I C T O
EL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE PAMPLONA/IRUÑA
A N U N C I A
1º.- Que en el Concursal - Sección 1ª (General) número 0000557/2022 NIG 3120147120220000515, referente al concursado PABLO ALONSO DOMINGUEZ con C.I.F. 72706499A, con fecha de la presentación de la solicitud en el Juzgado Decano el 22 de diciembre del 2022 y con fecha de registro y reparto en este Juzgado el 23 de diciembre del 2022, por auto dictado el 3 de julio del 2023 se ha declarado concurso voluntario y simultáneamente se ha acordado la conclusión del concurso del deudor PABLO ALONSO DOMINGUEZ, con CIF: 72706499A, y domicilio en Pamplona, cuya parte dispositiva dice literalmente:
PARTE DISPOSITIVA
1.- Se declara la competencia objetiva y territorial de este Juzgado para conocer de la solicitud presentada por el Mediador Concursal D Ignacio Ezcurra Ibarrola, economista con DNI 33416350H, de concurso consecutivo de PABLO ALONSO DOMÍNGUEZ, con DNI 72706499A y dirección en Pamplona, estado civil casado con Andrea Carrera Armendáriz, con DNI: 44643482E bajo el régimen económico matrimonial de separación de bienes
2.- SE DECLARA a PABLO ALONSO DOMÍNGUEZ, con DNI 72706499A en situación de CONCURSO CONSECUTIVO voluntario y simultáneamente, acuerdo la CONCLUSIÓN DEL MISMO por insuficiencia de masa
3.- En este caso se interesa la exoneración del pasivo insatisfecho por la modalidad de PLAN DE PAGOS. Se otorga el plazo de 15 días al deudor para realizar la solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho, ante este Juzgado, siempre que el mismo acredite cumplir con los requisitos del art. 487 y ss TRLC.
4.-Se tiene por presentado por parte del mediador concursal informe respecto a la concurrencia de los requisitos establecidos legalmente para la concesión del beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho, de acuerdo con lo dispuesto en el art 706.3 TRLC.
5.-. Anúnciese la declaración del concurso voluntario y su conclusión mediante extracto con el contenido que dispone el 35 TRLC, en el Boletín Oficial del Estado de manera gratuita.
6.- Ordeno la publicidad registral a la que se refiere el artículo 36 TRLC y en virtud de ello:Mandar inscribir en el Registro Civil la declaración de Concurso Consecutivo Voluntario y su conclusión, a cuyos efectos se librará el exhorto oportuno.
7.- COMUNÍQUESE la presente declaración de concurso y simultanea conclusión del concurso al FONDO DE GARANTÍA SALARIAL (FOGASA) de acuerdo con lo dispuesto en el art 514 TRLC, a la Hacienda tributaria de Navarra, a la Agenda estatal de la Administración Tributaria y a la Tesorería General de la Seguridad Social, así como al Juez Decano de Pamplona para su traslado a los Juzgados de Primera Instancia y Social de esta capital, a los efectos de los arts.136,137,142,143 y 144 TRLC.
8.-Los legitimados conforme al TRLC para personarse en el procedimiento deben hacerlo representados por procurador/a y asistidos de letrado/a.
9- Notifíquese este auto a las partes personadas, al deudor y al conyuge Andrea Carrera Armendariz.MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICIÓN ante este Juzgado (art. 546 del texto refundido de la Ley Concursal reformado por Ley 16/2022, de 5 de septiembre), no obstante, lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de CINCO DÍAS hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción contenida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (arts. 451 y 452 de la LEC)
Pamplona/Iruña, 13 de julio de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, AIDA GONZALEZ ARCE
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