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Documento BOE-J-2023-303902

GRANADA. Edicto de 10 de julio de 2023 en procedimiento civil número 1449/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 166, de 13 de julio de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - GRANADA
Referencia:
BOE-J-2023-303902

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 7 de Granada

Dirección: Plaza NUEVA 8

Localidad: Granada

Código Postal: 18009

Provincia: Granada

Teléfono: 958058968

Correo electrónico: AtPublico.JInstancia.7.Granada.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 1449/2022

NIG: 1808742120220022853

RESOLUCIÓN PROCESAL

Sentencia

Fecha: 15/05/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

MARIA PILAR VARGAS LARIOS - NIF/NIE: ***5279**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 7 DE GRANADA

Procedimiento de desahucio por expiración del plazo contractual 1449/2022

SENTENCIA Nº 85/2023

En Granada, a 15 de mayo de 2023.

SSª doña Mónica Alcaide Carrillo, Magistrada-Juez, del Juzgado de Primera Instancia número 7 de Granada, ha visto los presentes autos de Juicio Verbal de desahucio por expiración del plazo, registrados bajo el número de autos 1449/2022, seguidos a instancia de don Francisco Jimenez Vidal , representado por el Procurador de los Tribunales don Juan Jesús Ruiz Sánchez y asistido por el Letrado don Antonio Marroig Ferrer, frente a Doña Maria Pilar Vargas Larios ,declarada en situación legal de rebeldía procesal.

FALLO

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 7 DE GRANADA

Procedimiento de desahucio por expiración del plazo contractual 1449/2022

SENTENCIA Nº 85/2023

En Granada, a 15 de mayo de 2023.

SSª doña Mónica Alcaide Carrillo, Magistrada-Juez, del Juzgado de Primera Instancia número 7 de Granada, ha visto los presentes autos de Juicio Verbal de desahucio por expiración del plazo, registrados bajo el número de autos 1449/2022, seguidos a instancia de don Francisco Jimenez Vidal , representado por el Procurador de los Tribunales don Juan Jesús Ruiz Sánchez y asistido por el Letrado don Antonio Marroig Ferrer, frente a Doña Maria Pilar Vargas Larios ,declarada en situación legal de rebeldía procesal.

FALLO

Que debo estimar y estimo la demanda formulada por don Francisco Jimenez Vidal , representado por el Procurador de los Tribunales don Juan Jesús Ruiz Sánchez y asistido por el Letrado don Antonio Marroig Ferrer, frente a doña Maria Pilar Vargas Larios ,declarada en situación legal de rebeldía procesal.

1.- Se declara extinguido el contrato de arrendamiento, suscrito con la demandada, en fecha 8 de julio de 2015, sobre el inmueble sito en Avenida Divina Pastora, Urbanización Triunfo, número 11, Planta 2, Piso F, de Granada.

2. Se condena a la demandada a dejar libre y expedita la mencionada finca a disposición de la actora, bajo apercibimiento de lanzamiento si no lo efectuara en plazo legal. Se tiene por solicitada la ejecución directa del lanzamiento, señalándose para su práctica, una vez firme la sentencia, el día y hora que se determine por el SCACE conforme a las normas remitidas para la realización de lanzamientos por dicho Servicio Común, al no haberse fijado en el Decreto de admisión a trámite de la demanda.

3.- Se informa a la demandada de la posibilidad de acudir a los servicios sociales, y en su caso, de la posibilidad de autorizar la cesión de sus datos a éstos, a los efectos de que puedan apreciar una situación de posible vulnerabilidad, cosa en este último caso que deberán realizar en el plazo más inmediato y antes de la fecha del lanzamiento que señale el SCACE.

4.- Las costas ocasionadas en esta instancia se imponen a la parte demandada.

La presente sentencia no es firme pues contra ella cabe recurso de apelación. Este recurso se interpondrá ante este Juzgado en el plazo de los 20 días siguientes a la notificación de esta resolución. El órgano jurisdiccional competente para conocer, en su caso, del recurso de apelación es la Audiencia Provincial de Granada.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo: Mónica Alcaide Carrillo, Magistrada Juez del Juzgado de Primera Instancia nº7 de Granada.

Y para que sirva de notificación en forma a doña María Pilar Vargas Larios , en paradero desconocido expido el presente a siete de julio de dos mil veintites.

Granada, 10 de julio de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA JOSE MANRUBIA ABELLAN

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