Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Valencia
Dirección: Avenida PROFESSOR LOPEZ PIÑERO (HISTORIADOR DE MEDICINA) 14
Localidad: València
Código Postal: 46013
Provincia: Valencia/València
Teléfono: 961927205
Correo electrónico: vamerca01_val@gva.es
Concursal
Número: 81/2021
NIG: 4625066120210000246
Sentencia
Fecha: 20/09/2022
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
L'ALCUDIA ALIMENTACION SL - Nº ****5399*
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
Que en autos de Procedimiento Ordinario [ORD] seguidos ante este Juzgado bajo el número 000081/2021, se ha dictado SENTENCIA de fecha 20 de septiembre de 2022, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:
VISTOS por el Ilmo. Sr. D. SALVADOR VILATA MENADAS, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil numero 1 de Valencia, los presentes autos de juicio declarativo ordinario, registrados con el numero 81/2021 de los asuntos civiles de este Juzgado; siendo partes LA BOTIGA DE CRIS S.L. y Dña. CRISTINA GARCIA MARQUES, representados por el Procurador Sra. Balsera Romero y asistido del Letrado Sra. Garcia Tomás, como parte demandante, y la mercantil L´ ALCUDIA ALIMENTACION S.L., como parte demandada, se procede,
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
a dictar la presente resolución.
F A L L O
Que estimando como estimo la demanda deducida por el Procurador Sra. Balsera Romero en la representación que ostenta de sus mandantes LA BOTIGA DE CRIS S.L. y Dña. CRISTINA GARCIA MARQUES frente a la entidad mercantil L´ ALCUDIA ALIMENTACION S.L., se adoptan los siguientes acuerdos:
1.- Se declara a todos los efectos procedentes en Derecho la nulidad de la creación de las 36.093 participaciones sociales de la entidad LA BOTIGA DE CRIS S.L. adjudicadas a la entidad L´ ALCUDIA ALIMENTACION S.L. por no acreditar la titularidad de los bienes muebles (inmovilizado) como aportación social, por importe valorado en 36.093.- euros.
2.- Firme que sea esta sentencia, expídase mandamiento al Registro Mercantil de la Provincia de Valencia a fin de que se proceda a la inscripción de la misma en la hoja registral de la entidad LA BOTIGA DE CRIS S.L.
3.- Todo ello con imposición de las costas procesales causadas a la sociedad demandada.
Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, que deberá interponerse en el plazo de veinte días.
Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
València, 7 de julio de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA ISABEL BOGUÑA PACHECO
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