Está Vd. en

Documento BOE-J-2023-30138

PALMAS DE GRAN CANARIA (LAS). Edicto de 19 de enero de 2023 en procedimiento civil número 11/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 21, de 25 de enero de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - LAS PALMAS
Referencia:
BOE-J-2023-30138

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 15 de Las Palmas de Gran Canaria

Dirección: Calle MALAGA 2

Localidad: Palmas de Gran Canaria (Las)

Código Postal: 35016

Provincia: Las Palmas

Teléfono: 928116401

Correo electrónico: instancia15lpgc@justiciaencanarias.org

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 11/2022

NIG: 3501642120220004698

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 07/03/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 11/03/2022

Objeto de la publicación edictal:

Requerimiento

DESTINATARIOS

DUSAN ARSENJEV - NIF/NIE: ****9048*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Acuerdo:Dictar orden general de ejecución del título indicado a favor de la ejecutante, D./Dña. MINISTERIO DE JUSTICIA, frente a D./Dña. DUSAN ARSENJEV, parte ejecutada, por importe de 13.994,19 euros, en concepto de principal (impago de pensión de alimentos desde enero de 2014 hasta enero de 2022, más otros 4.198,26 euros, que se fijan provisionalmente en concepto de interés que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Modo de impugnación: contra esta orden no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la L.E.C. y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:1.-Requerir al ejecutado expresado para que, en el plazo máximo de 10DIAS, manifieste ante ese juzgado o ante la comisión judicial en el momento del embargo, relación de bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de cargas y gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, con apercibimiento de las sanciones que pueden imponérsele, cuando menos por desobediencia1 grave, en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, así como la posibilidad de imponerle multas periódicas si no respondiere debidamente al requerimiento.

Palmas de Gran Canaria (Las), 19 de enero de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ROCIO HANNA ROSALES

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid