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Documento BOE-J-2023-297970

MADRID. Edicto de 3 de julio de 2023 en procedimiento civil número 41/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 164, de 11 de julio de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2023-297970

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 09 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 41/2023

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 29/06/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: sin dilación

DESTINATARIOS

AUDERE GLOBAL, S.L., - Nº ****3330*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

El Juzgado de lo Mercantil nº 9 de Madrid, hace saber: 1.- Que en el Concurso ordinario 41/2023, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2022/0372671, por auto de fecha 29-6-23, se ha declarado en concurso voluntario a AUDERE GLOBAL, S.L.,, con nº de identificación B16833303, y domiciliado en Calle Adelfa, nº 3, Humanes de Madrid (Madrid) 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 255 de la TRLC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Por tratarse de un concurso voluntario el deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido en el ejercicio de estas facultades a la intervención de la Administración Concursal mediante autorización o conformidad. 4.- La identidad de la Administración concursal es Cesar Javier Cervera Cantón DNI 42861845B Calle Antonio Maura 20, 2º 28001 de Madrid. 91 9493956 info@adwise.es , ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 255 de la TRLC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es.

Madrid, 3 de julio de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ESTHER LÓPEZ RUANO

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