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Documento BOE-J-2023-297371

OVIEDO. Edicto de 6 de julio de 2023 en procedimiento concursal número 164/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 164, de 11 de julio de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - ASTURIAS
Referencia:
BOE-J-2023-297371

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 10 de Oviedo

Dirección: Calle ROSAL 7

Localidad: Oviedo

Código Postal: 33009

Provincia: Asturias

Teléfono: 985106404

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 164/2022

NIG: 3304442120220001564

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 28/06/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Concurso persona física Dña. Cristina Martínez González (DNI: 09429578-S)

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

E D I C T O

DÑA. MARIA ALZIRA ABAD ROLLAND, Letrado de la Administración de Justicia, del Juzgado de Primera Instancia Número 10 de Oviedo, por el presente, ANUNCIO:

Que en el procedimiento S1C Sección I Declaración Concurso164/2022 seguido en este órgano judicial, a instancia de la Procuradora Sra. Susana Fernández Cobián, en nombre y representación de DÑA. CRISTINA MARTINEZ GONZALEZ (DNI/NIF:09.429.578-S) se ha dictado auto de conclusión del concurso en fecha 28 de Junio de 2023, en cuya Parte Dispositiva se acuerda:

1.- Declarar la conclusión del concurso de DÑA. CRISTINA MARTINEZ GONZALEZ instado en su día por la Procuradora Sra.FERNANDEZ COBIAN, por liquidación de los bienes y derechos de la masa activa.

2.- Aprobar la rendición de cuentas presentada por el Administrador concursal. A la sección segunda se unirá un testimonio de la resolución que decida sobre la rendición decuentas.

2.- Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación, así como el cese de la administración concursal.

3.- Dar la publicidad por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el Tablón Edictal Judicial Único y en la Sección primera del Registro Público Concursal. A tal efecto, hágase entrega a la representación procesal de la concursada del oportuno edicto para su publicación en el citado Registro Público Concursal.

4.- Remítase exhorto al Registro Civil de Oviedo a los fines de que proceda a la cancelación, en la inscripción de nacimiento correspondiente al concursado, de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del mismo así como del cese de la administración concursal.

Oviedo, 6 de julio de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA ALZIRA ABAD ROLLAND

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