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Documento BOE-J-2023-297114

BARCELONA. Edicto de 6 de julio de 2023 en procedimiento concursal número 827/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 164, de 11 de julio de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - BARCELONA
Referencia:
BOE-J-2023-297114

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 4 de Barcelona

Dirección: Avenida DE LES CORTS CATALANES (edificio C) 111

Localidad: Barcelona

Código Postal: 08075

Provincia: Barcelona

Teléfono: 935549464

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 827/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 27/06/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

El anterior escrito presentado por la administración concursal en el que solicita la conclusión de concurso de Toribio Lopez, Alejandro DNI 47170288W y aporta la rendición de cuentas, queda incorporado al procedimiento.

Acuerdo que el informe final presentado por la administración concursal quede de manifiesto en la Oficina de Tramitación Concursal de los Órganos Mercantiles para conocimiento de las personas interesadas.

Conforme al art. 478.3 LC acuerdo remitir el escrito de rendición de cuentas al Registro público concursal.

Y que se anuncie por medio de un edicto que se insertará en el Tablón Edictal Judicial Único (TEJU) .

Dentro de los QUINCE días siguientes a esta puesta de manifiesto del informe final // escrito de rendición de cuentas, la parte concursada y las partes personadas podrán formular oposición.

Asimismo, de conformidad con lo previsto en el art. 472.2 de la LC, informo al deudor/a que, en el plazo de QUINCE dias, puede presentar solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho (BEPI).

Modo de impugnación: recurso de REPOSICIÓN ante la Letrada de la Administración de Justicia, mediante un escrito que se debe presentar en el plazo de CINCO días, contados desde el siguiente al de la notificación, en el que se debe expresar la infracción en que haya incurrido la resolución. Sin estos requisitos no se admitirá la impugnación. La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículos 451 y 452 LEC).

Barcelona, 6 de julio de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MONTSERRAT PALOMER BOU

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