Está Vd. en

Documento BOE-J-2023-289598

SANTIAGO DE COMPOSTELA. Edicto de 30 de junio de 2023 en procedimiento en materia social número 233/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 160, de 6 de julio de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO SOCIAL - A CORUÑA
Referencia:
BOE-J-2023-289598

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Social Nº 4 de Santiago de Compostela

Dirección: Calle BERLÍN S/N

Localidad: Santiago de Compostela

Código Postal: 15007

Provincia: A Coruña

Teléfono: 881996232

Correo electrónico: francisco.manuel.gomez.dominguez@xustiza.gal

PROCEDIMIENTO

Social

Número: 233/2023

NIG: 1507844420230000912

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 07/06/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

RESOLUCIÓN PROCESAL

Providencia

Fecha: 07/06/2023

Objeto de la publicación edictal:

Requerimiento

DESTINATARIOS

INVERSIONES OUTSOURCING Y PUBLICIDAD SL - NIF/NIE: ****2232*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

En el procedimiento ORDINARIO nº. 233/2023, que se tramita en este Juzgado a instancia de D. Valentín José Álvarez López contra la empresa INVERSIONES OUTSOURCING Y PUBLICIDAD SL y el FONDO DE GARANTIA SALARIAL (FOGASA), se ha/n dictado la/s siguiente/s resolución/es:

Resolución: Decreto de fecha 07/06/2023.

Recursos y plazos: Reposición en 3 días.

Resolución: Providencia de fecha 07/06/2023.

Se comunica que se ha accedido el interrogatorio de las empresas demandadas, sin perjuicio de que el momento procesal oportuno para formular y admitir la prueba sea el acto de juicio (artículo 87 LJS).

Se requiere a la/s empresa/s demandada/s para que aporte/n al acto del juicio, pendiente de señalar, la documentación que se enuncia a continuación, con la advertencia de que, si los citados documentos no se aportan al juicio sin mediar causa justificada, podrán estimarse probadas las alegaciones de la parte contraria en relación con la prueba acordada (artículo 94.2 de la LRJS), todo ello, sin que esto signifique la admisión de la prueba propuesta por el actor, ya que éste deberá proponerla y en su caso, la jueza admitirla en el acto del juicio (artículo 87 de la LRJS).

a) Nóminas de Valentín José Daniel Álvarez López correspondientes al periodo comprendido entre febrero de 2022 a enero de 2023, ambos meses incluidos.

b) Boletines de cotización de idénticos periodos (febrero de 2022 a enero de 2023).

Se advierte que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 30 de junio de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, BELEN MENENDEZ MEDEL

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid