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Documento BOE-J-2023-287071

FERROL. Edicto de 29 de junio de 2023 en procedimiento civil número 360/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 158, de 4 de julio de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - A CORUÑA
Referencia:
BOE-J-2023-287071

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Ferrol

Dirección: Calle RUA DE LA CORUÑA 55

Localidad: Ferrol

Código Postal: 15401

Provincia: A Coruña

Teléfono: 981337271

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 360/2023

NIG: 1503642120230002221

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 15/05/2023

Objeto de la publicación edictal:

Requerimiento

DESTINATARIOS

D. MANUEL IGLESIAS NOVO - NIF/NIE: ***5405**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

MON 360/2023 - S

Requerir a D. MANUEL IGLESIAS NOVO, para que en el plazo de 20 días pague al peticionario acreedor la cantidad de 1292,72 euros, acreditándolo ante este órgano, o comparezca ante el mismo alegando de forma fundada y motivada en escrito de oposición las razones por las que, a su entender, no debe en todo o en parte la cantidad reclamada, con apercibimiento de que, de no pagar ni comparecer alegando las razones de la negativa, se dictará decreto dando por terminado el proceso monitorio y se dará traslado al acreedor para que inste el despacho de ejecución. Apercibir al deudor que si quiere oponerse deberá realizarlo mediante escrito de oposición dentro del término de 20 días. Indicar al deudor que si se opone, la comunidad de propietarios podrá solicitar el embargo preventivo de bienes suficientes para hacer frente a la cantidad reclamada, intereses y costas, que se acordará en todo caso, según el artículo 21.5 de la LPH, sin necesidad de prestar caución, aunque podrá enervarse prestando aval bancario por la cuantía por la que hubiese sido decretado el embargo. Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días.

Ferrol, 29 de junio de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOSE MIGUEL REGUEIRO PEREZ

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